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Información Legal: Nebraska

Nebraska: Demandando a una persona agresora por daños

Leyes actualizadas al
18 de septiembre de 2024

Demandando a una persona agresora por daños

Es posible que tenga derecho a buscar justicia a través del sistema judicial donde vive. Cuando las personas sufren daños causados por otras personas, está permitido buscar lo que en la ley se conoce como “daños” en forma de dinero para cosas como facturas médicas, la pérdida de sueldo o trabajo, dolor y sufrimiento físico y emocional y, en algunos casos, para castigar a la persona agresora. Cada estado tiene sus propias leyes sobre éstos asuntos, pero en su mayoría son muy parecidas cuando se trata de los daños causados por el maltrato.

Nebraska tiene una ley que específicamente permite que una víctima de la trata de personas, o su padre/madre o tutor/a legal, demande a la persona traficante por danos físicos o mentales causados, al igual que por los costos y honorarios de abogado/a relacionados a la demanda civil.Además, la ley de Nebraska permite que una víctima cuyas imágenes se hayan compartido sin su consentimiento, llamado “pornográfica de venganza” por algunas personas, demande a la persona agresora en la corte civil por daños económicos y no económicos, incluyendo daños por sufrimiento emocional.2

Si sus daños están por debajo de cierta cantidad, es posible que pueda presentar una petición por su cuenta en el tribunal de controversias de cuantía menor. Este tribunal es un tipo de corte más informal donde usted se presentaría por su cuenta. De hecho, la ley de Nebraska especifica que las personas no pueden ser representadas por abogados/as en un tribunal de  cuantía menor.3 En Nebraska, usted puede presentar una demanda por su cuenta en el tribunal de de cuantía menor por la cantidad de $6,000 o menos. (A partir del 1 de julio de 2025, la cantidad máxima aumentará a $7,500.)4 Para más información sobre el tribunal de cuantía menor de Nebraska, por favor visite el sitio web de Autoayuda en línea de la Rama Judicial de Nebraska.

Si usted quiere demandar por una cantidad mayor, deberá hacerlo en la sala regular de la corte de condado, y es posible que necesite la ayuda de un/a abogado/a. Algunos/as abogados/as aceptan este tipo de casos por una “tarifa contingente”, lo que significa que no se le paga a el/la abogado/a a menos que gane el caso en la corte. En ese caso el/la abogado/a recibirá un porcentaje, usualmente una tercera parte, de lo que el/la juez/a ordene. A veces, el/la juez/a ordenará que la persona demandada pague los costos de su abogado/a.

Si necesita ayuda encontrando a un/a abogado/a que pueda tomar su caso por una tarifa contingente, puede contactar la Asociación de Abogados/as para las Víctimas del Crimen (National Crime Victim Bar Association) que ofrece referidos de abogados/as para víctimas del crimen que quieran demandar a las personas ofensoras.  

1 Neb. Rev. Stat. § 25-21,299
2 Neb. Rev. Stat. § 25-3505
3 Neb. Rev. Stat. § 25-2803(2)
4 Neb. Rev. Stat. § 25-2802(4)