Antes de que una orden de protección sea válida, debe ser notificada al/la agresor/a. En la mayoría de los estados, las órdenes de protección deben ser notificadas por el departamento de los/as alguaciles (“sheriff department”). Puede contactar al/la secretario/a de la corte en el tribunal que le dio la orden para saber cuál es el procedimiento para la notificación si es que no está seguro/a. Para una lista de las cortes de Rhode Island, revise la página de nuestro sitio web RI Tribunales. Encontrará los teléfonos y las direcciones de los departamentos de sheriff en Rhode Island en el sitio web de la División de Sheriffs del estado de Rhode Island. (WomensLaw.org no está afiliada a ese sitio web.)