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Preparándose para la Corte: General

Secuestro parental

Secuestro parental

Cuando el otro padre quiere llevarse a sus hijos fuera del estado

Si tengo miedo que el otro padre mude a nuestros hijos fuera del estado, ¿qué puedo hacer?

Si tiene miedo que el/la otro/a padre/madre se lleve a sus hijos/as del estado sin su consentimiento, es posible que pueda pedirle a el/la juez/a que dé una orden de custodia temporal de emergencia que diga que el/la otro/a padre/madre no puede sacar a los/as menores del estado o que el/la otro/a padre/madre solo pueda tener visitas supervisadas. Por favor vea ¿Puedo obtener la custodia temporal de emergencia? para más información sobre cuáles son los factores que el/la juez/a considerará para dar o no la custodia temporal de emergencia. También, puede visitar la sección de Custodia en su estado para más información.

Si tiene razones para creer que el/la otro/a padre/madre intentará esconder a los/as menores, puede pedirle a el/la juez/a que le ordene a ese/a padre/madre que deposite dinero en la corte (pague una fianza) que cubriría los costos de tener que intentar localizar a los/as menores y devolverlos/as si se los llevaron. Si ya tiene una orden de custodia, puede que sea posible solicitar que se cambie (modifique) la orden para incluir esto.

¿Si el otro padre saca a mis hijos del estado, puedo acusarlo de secuestro?

Las leyes criminales sobre el secuestro parental, también conocido como interferencia de custodia o esconder a los/as menores, son diferentes en cada estado. En algunos estados, es posible que sea ilegal sacar a sus hijos/as del estado solamente si viola una orden de custodia o si hay un caso de custodia pendiente en la corte. En otros estados, es posible que sacar a los/as hijos/as del estado como tal no sea ilegal, a menos que uno de los padres los/as esconda (oculte) de el/la otro/a. Otros factores que se pueden considerar son si los padres están casados y tienen los mismos derechos parentales o, en el caso de que los padres no estén casados, si la paternidad se estableció legalmente. Además, podría haber una gran diferencia si el/la otro padre/madre está planificando una breve visita fuera del estado o si su plan es mudarse del estado por largo tiempo.

Es importante hablar con un/a abogado/a que se especialice en asuntos de custodia o un/a fiscal para averiguar si las acciones de el/la otro padre/madre son legales o no. Vea nuestra página Encontrando a un abogado para encontrar la información de recursos en su estado.

¿Cómo puedo evitar que el otro padre saque a mis hijos del país?

Es posible que quiera contactar de inmediato a un/a abogado/a que pueda ayudarle a prevenir que saquen a sus hijos/as de los Estados Unidos. Para un listado de recursos legales, por favor visite nuestra página Encontrando a un abogado.

Si logra convencer a un/a juez/a de que sus preocupaciones son “razonables”, basándose en los hechos, es posible que pueda lograr que la corte intervenga. Si busca obtener la custodia de sus hijo/as, puede pedirle a el/la juez/a que incluya una disposición en la orden que prohíba a el/la padre/madre que no tiene la custodia viaje con sus hijos/as fuera del estado o país.

Si el/la juez/a incluye lenguaje específico en una orden de que no se puede sacar a el/la menor de los Estados Unidos, puede inscribirse en el Programa de Prevención de Secuestro del gobierno. Ese programa crearía una “alerta de viaje” para impedir que el/la menor se suba a un vuelo.1

Si cree que el/la otro/a padre/madre pudiera intentar huir del país con su hijo/a, puede pedirle a la corte que se quede con el pasaporte de su hijo/a, y posiblemente con el de el/la orto/a padre/madre, para que no pueda salir del país. Si su hijo/a aún no tiene un pasaporte, es posible que pueda registrarse para el Programa de Alerta de Emisión de Pasaportes de Menores (CPIAP, por sus siglas en inglés) del Departamento de Estado de los Estados Unidos, que provee el siguiente servicio:

“Los padres pueden inscribir a sus hijos/as menores de 18 años de edad que sean ciudadanos/as de los EE. UU. en el Programa de Alerta de Emisión de Pasaportes de Menores (CPIAP), una de las herramientas más importantes del Departamento de Estado para prevenir el secuestro parental internacional de menores. Si se presenta una solicitud de pasaporte para un/a menor inscrito/a en CPIAP, el departamento alerta a uno de los padres o ambos. Este programa les avisa con anticipación sobre posibles planes para un viaje internacional con el/la menor.”

1 Vea el sitio web del Departamento de Estado de los Estados Unidos

Cuando usted quiere llevarse o mudar a sus hijos fuera del estado

¿Puedo mudar a mis hijos fuera del estado?

Las leyes sobre el secuestro parental, también conocido como interferencia de custodia u ocultar a los/as menores, son diferentes en cada estado. En algunos estados, puede que solo sea ilegal sacar a sus hijos/as del estado si viola una orden de custodia o si hay un caso de custodia pendiente en la corte. En otros estados, el hecho de sacar a los/as menores del estado puede que no sea ilegal a menos que un/a padre/madre les esconda de el/la otro/a padre/madre. Otros factores que pueden considerarse son si los padres están casados y se considera que tienen derechos iguales o, en el caso de que no estén casados, si la paternidad ha sido establecida legalmente. Además, puede haber una gran diferencia si usted está planificando un corto viaje fuera del estado o si está planificando mudarse por un largo tiempo.

Por favor hable con un/a abogado/a del estado del que se piensa ir, que tenga experiencia con el secuestro parental, para que pueda aconsejarle sobre las leyes de su estado y cómo podrían aplicar a su situación. Puede encontrar referidos legales en nuestra página Encontrando a un abogado.

Si le acusaron o si tiene miedo de ser acusado/a de secuestro parental, vaya a nuestra sección de Organizaciones nacionales - Víctimas de maltrato que son acusadas de crímenes para ver si pueden ayudarle.

Dependiendo de su situación, puede que también quiera solicitar custodia temporal de emergencia. Por favor vea ¿Puedo obtener la custodia temporal de emergencia? para más información.

Si hay una orden de custodia, ¿puedo sacar a mis hijos fuera del estado?

Que una persona pueda salir del estado puede depender de muchos factores tales como si salir del estado viola el tiempo de visitación de el/la otro/a padre/madre, si la orden de custodia trabaja el tema de salir del estado, si ya hay un caso de custodia en proceso, por cuánto tiempo va a estar en otro estado, etc. Las leyes de reubicación y secuestro parental también pueden aplicar. Para averiguar cómo estos factores pueden afectar su capacidad para salir del estado con su hijo/a, es importante mostrar la orden de custodia a un/a abogado/a que se especialice en custodia para obtener consejo específico. Vaya a nuestra página Encontrando a un abogado para referidos legales.

Si salir del estado interferiría con los derechos de visitación de el/la otro/a padre/madre o violaría cualquier otra parte de su orden de custodia, es posible que el/la otro/a padre/madre presente una petición en su contra por desacato a la corte. También podría estar en riesgo de que le acusen criminalmente por  interferencia de custodia. Cualquiera de las dos podría ponerle en riesgo de perder la custodia y otras penalidades. Si salir del estado violaría la orden de custodia, es posible que quiera pedirle a el/la juez/a que cambie (modifique) la orden para permitir que su hijo/a salga del estado.

Alternativamente, si el/la otro/a padre/madre está de acuerdo en permitir que usted salga del estado en violación de la orden de custodia, es posible que quiera preguntarle a un/a abogado/a si conseguir permiso de el/la otro/a padre/madre, certificado por un/a notario/a, sería suficiente para protegerle de una acusación de secuestro parental o una violación de la orden judicial.

Además, muchas veces cuando un caso de custodia está en proceso (pendiente), se le puede prohibir a ambos padres que saquen a el/la menor del estado.

 

Si hay un caso judicial que involucre a mis hijos, ¿puedo sacarlos del estado?

Si hay alguna acción judicial en proceso que involucre a los/as menores, como divorcio, custodia o visitación, entonces podría ser ilegal que les saque del estado sin permiso de el/la juez/a, aunque sea temporalmente. Es común que la corte automáticamente prohíba que cualquiera de los padres saque a el/la menor del estado. Si usted tiene una acción judicial de este tipo, entonces puede que quiera preguntarle a el/la juez/a o a su abogado/a si puede sacar a los/as menores del estado.

Además, tenga en cuenta que cuando un caso comienza en un estado, ese estado tiene poder (jurisdicción) sobre el caso hasta que termine. Si su caso termina y quiere intentar cambiar una orden final de custodia en otro estado, vaya a nuestra página Cómo cambiar una orden final de custodia para más información.

¿Puedo obtener la custodia temporal de emergencia antes o después de mudarme con mi hijo?

Los estándares para conseguir la custodia de emergencia pueden ser diferentes dependiendo de si está solicitando en el estado de residencia de el/la menor o no. El “estado de residencia” de un/a menor es el estado donde haya vivido con uno de los padres durante al menos seis meses corridos (consecutivamente) justo antes de que se haya presentado el caso de custodia. Para un/a menor de menos de seis meses, el estado de residencia es donde el/la menor haya vivido desde que nació.1

Si está solicitando la custodia en un estado donde usted y el/la menor han llegado recientemente:
Bajo la Ley de Competencia y Ejecución Uniforme de la Custodia de Menores (Uniform Child Custody Jurisdiction and Enforcement Act o “UCCJEA” por sus siglas en inglés), usted puede pedir la custodia temporal de emergencia en un estado que no es el estado de residencia de el/la menor (“home state”) siempre y cuando el/la menor esté presente en el estado y:

  • el/la menor haya sido abandonado/a; o
  • es necesario en caso de emergencia para proteger a el/la menor porque éste/a, su hermano/a o uno de sus padres está sufriendo o le han amenazado con sufrir maltrato o abuso.2

Nota: Todos los estados siguen el UCCJEA excepto Massachusetts y Puerto Rico.3

Es importante hablar con un/a abogado/a que se especialice en violencia doméstica y custodia antes de salir del estado.

Si está solicitando la custodia en el estado de residencia de el/la menor:
Dependiendo de su estado, es posible que pueda pedir la custodia de emergencia como parte de su petición normal de custodia o puede que se necesite presentar formularios adicionales. Es posible que tenga o no tenga que probar que el/la menor está en peligro para obtener la custodia de emergencia. Sin embargo, puede que no pueda llevarse a su hijo/a del estado aunque tenga la custodia temporal. Esto va a depender de lo que diga la orden, al igual que cualquier ley de reubicación y secuestro parental de su estado. Si planifica salir del estado, quizás sea mejor pedirle a el/la juez/a que le dé permiso de salir del estado incluyéndolo en la orden. Esto dependerá de el/la juez/a.

1 UCCJEA § 102(7)
2 UCCJEA § 204(a)
3 Corriente hasta junio de 2024

Si me dan una orden de custodia temporal de emergencia en un estado donde acabo de llegar, ¿cuánto tiempo durará la orden de custodia?

Usualmente, una corte solo tiene poder (jurisdicción) para tomar decisiones de custodia de un/a menor que haya vivido en ese estado por los pasados seis meses. Cuando la corte hace una orden de custodia de emergencia, la corte está usando “jurisdicción de emergencia” para dar la orden temporal. Por lo tanto, se supone que la orden dure un corto periodo de tiempo, solo hasta que el estado de residencia, conocido como el estado con la “jurisdicción preferida”, pueda dar o cambiar una orden de custodia a largo plazo. El/la juez/a tiene que incluir el periodo de tiempo que la orden estará vigente para permitir que el/la padre/madre vea una orden de la jurisdicción de preferencia. Si se han presentado casos sobre el/la mismo/a menor en dos lugares distintos, los/as jueces/zas tienen que comunicarse entre sí para decidir cuál estado se quedará con el caso de custodia a largo plazo.1

1 UCCJEA § 204

El otro padre me amenaza a acusarme de secuestro parental si saco a mis hijos fuera del estado. ¿Qué puedo hacer?

Si no ha salido del estado todavía o si salió del estado pero no ha sido acusado/a de secuestro, es importante consultar con un/a abogado/a que se especialice en leyes criminales en su estado. Quizás, el/la abogado/a puede aconsejarle sobre si está o no en peligro de cometer secuestro parental si sale del estado y cuáles alternativas legales puede tomar antes de salir para salir legalmente. Si ha salido del estado, usted puede preguntar acerca de los pasos que puede tomar para tratar de evitar que le acusen a secuestro parental. Vaya a nuestra página Encontrando a un abogado para información de contacto de organizaciones legales.

En algunos estados, si se acusa de secuestro parental pero usted está huyendo de una situación de violencia doméstica ya sea para protegerse a usted o a su niño/a, entonces puede ser posible que tenga una “defensa afirmativa” de los cargos de secuestro maternal/paternal - pero esto depende de las leyes de su estado y sus circunstancias específicas. Si usted tiene suficiente evidencia para probar esta defensa, puede que usted pueda ser capaz de evitar ser condenado/a. Sin embargo, puede que no impida que sea detenido/a y acusado/a del delito y todavía puede tener que sufrir todas las consecuencias que pudieran derivarse de su detención, tales como la pérdida de la custodia. Si usted está huyendo de maltrato en su contra o en contra de de sus hijos/as, puede ser una buena idea reunir pruebas del abuso antes de salir, si es posible. Evidencia de violencia doméstica o maltrato de menores puede incluir pruebas de llamadas al 911, reportes policiales, reportes médicos, convicciones criminales de el/la acusado/a, pruebas de que ha visto a un/a consejero/a o buscado ayuda, testimonio de familiares, amigos/as u otros/as testigos, o cualquier cosa que es evidencia de una relación abusiva.

Nota: En algunos estados, existen condiciones que hay que cumplir antes de huir o inmediatamente después para poder tener estas protecciones legales. Usted puede preguntarle a un/a abogado/a del estado del que salió por esta información. Por ejemplo, algunos estados requieren que una víctima de violencia doméstica haga un reporte a la policía antes de irse del estado para evitar que sea acusada de un delito. Puede preguntarle sobre esto a un/a abogado/a en el estado del que se fue. Pocos estados no hacen valer sus leyes de secuestro parental en contra de víctimas de violencia doméstica, por lo que es importante hablar con un/a abogado/a en su estado para entender qué requieren las leyes de su estado.

Si saca a sus hijos/as del estado y le acusan de secuestro, puede ir a nuestra sección de Organizaciones nacionales - Víctimas de maltrato que son acusadas de crímenes para ver si pueden ayudarle.
 

Dependiendo de su situación, puede que también quiera solicitar una custodia temporal de emergencia. Para más información, vea ¿Puedo obtener la custodia temporal de emergencia?