¿Puede el agresor portar un arma de fuego?
Una vez usted obtiene una orden de protección, puede que existan leyes que prohíban que el/la demandado/a posea un arma de fuego. Hay ciertos lugares donde puede encontrar esta información:
- primero‚ lea las preguntas en esta página para ver si los/las jueces/zas de Pennsylvania tienen el poder de remover las armas de fuego como parte de una orden temporal o final;
- segundo‚ vaya a las Leyes Estatales sobre Armas de Fuego para que lea sobre las leyes específicas de su estado respecto a la portación de armas; y
- tercero‚ puede leer nuestra sección de Leyes Federales sobre Armas de Fuego para entender las leyes federales que aplican a todos los estados.
Puede leer más en la página de Internet del Centro Nacional de Recursos contra la Violencia Domestica y Armas de Fuego (National Domestic Violence and Firearms Resource Center) sobre cómo evitar que un/a agresor/a tenga acceso a armas de fuego.
¿Qué debo hacer al salir de la corte?
Aquí están algunas cosas que usted puede querer considerar hacerlo. Sin embargo, usted tendrá que evaluar cada uno de ellos para ver si funciona para su situación.
- Revise la orden antes de que se vaya de la corte. Si alguna cosa está equivocada o no está, pregúntale a el/la secretario/a judicial cómo corregir la orden antes de que usted se vaya.
- Haga varias copias de la orden de protección lo antes posible.
- Mantenga una copia de la orden de protección consigo en todo momento.
- Deje copias de la orden de protección en su trabajo, su casa, la escuela de los niños o guardería, en su carro, con un vecino de confianza, etc. (El protonotario enviará una copia de la PFA a la policía 24 horas después de que ésta haya sido expedida.1)
- Déle una copia de la orden de protección y una fotografía del demandado al guardia de la recepción donde habita y/o trabaja.
- Déle una copia de la orden a toda persona que sea nombrada y protegida por la orden.
- Tome los pasos necesarios para salvaguardarse, incluyendo cambiar las chapas de las puertas (si sea permisible por la ley) y su número de teléfono.
Es muy importante que continúe planeando su seguridad después de haber recibido la orden. Es posible hacer un número de cosas para incrementar su seguridad durante incidentes de violencia, mientras se preparan para abandonar una relación abusiva, y cuando está en casa, en el trabajo, y la escuela. Muchos agresores obedecen las ordenes de protección, pero algunos no lo hacen. Es importante que sigua trabajando sobre las cosas que ya haya comenzado a hacer para protegerse. Oprima sobre el siguiente enlace para obtener sugerencias sobre Planificación de Seguridad. Activistas en las organizaciones locales también pueden ayudarla a diseñar un plan de seguridad y pueden, así mismo, proveerle otro tipo de apoyo. Para ayuda, vea PA Intercesoras y Albergues.
1 23 Pa.C.S.A. § 6105(e)(2)
¿Qué puedo hacer si el agresor viola la orden?
Si el agresor viola cualquier parte de la orden, puede llamar a la policía y notificarles de tal violación. Un policía puede arrestar al agresor, aunque el policía no haya presenciado el abuso. Después de un arresto, el policía debe retirar todas las armas de fuego o munición que hayan sido utilizadas o que se hayan amenazado con utilizar durante la violación de la orden o durante incidentes previos al abuso.1
Un agresor que viola una PFA se le puede acusar de desacato criminal por la violación además de recibir cargos por cualquier otro crimen o crímenes que cometa durante la violación. Después de una audiencia, un agresor que haya cometido un desacato puede ir a la cárcel durante un máximo de seis meses y/o ser multado a pagar entre $300 y $1,000.2
Para obtener más información sobre el desacato, incluyendo la diferencia entre el desacato penal y el civil, vaya a nuestra página general de Órdenes de Restricción contra la Violencia Doméstica.
1 23 Pa.C.S.A. § 6113(b)
2 23 Pa.C.S.A. § 6114(b)
¿Puedo extender mi orden de protección contra el maltrato?
Usted puede solicitar extender su orden regresando a la corte y solicitando una extensión de su PFA. El/la juez/a puede extender una PFA final si cree que:
- el/la agresor/a ha cometido uno o más actos de maltrato mientras usted tenía la orden final; o
- el/la agresor/a se ha comportado de un modo que indica un riesgo continuo que podría lastimarle a usted o a su hijo/a.1
Nota: Si cuando solicita una extensión el/la agresor/a está en la cárcel y será liberado dentro de los próximos 90 días o el/la agresor/a estuvo en la cárcel y fue liberado en los últimos 90 días, entonces no necesita probar ninguna de las esas dos cosas para extender la orden.2
Si fuera necesario, la orden se puede extender más de una vez. No hay límite en el número de extensiones que se pueden otorgar.3
Además, si hubiera una violación de la PFA y estuviera pendiente una audiencia de desacato criminal, se extendería su PFA hasta el final de la audiencia e incluso durante más tiempo.4
1 23 Pa.C.S.A. § 6108(e)(1)(i)
2 23 Pa.C.S.A. § 6108(e)(1)(iii)
3 23 Pa.C.S.A. § 6108(e)(3)
4 23 Pa.C.S.A. § 6108(e)(1)(ii)
¿Qué sucede si me mudo y cambio mi dirección?
La ley federal tiene lo que se llama “plena fe y crédito” (“full faith and credit”) lo que significa que una vez tenga una orden de protección civil o criminal, ésta le seguirá a donde quiera que vaya, incluyendo todo el territorio estadounidense y las tierras tribales. De este modo, en Pennsylvania, los juzgados y la policía reconocerán y harán cumplir una orden de protección válida de otro estado.1 Pennsylvania no requiere que se solicite una PFA para que se cumpla. 2
Además, usted puede solicitar una copia certificada de su orden de protección con el protonotario en otros condados de Pennsylvania (como por ejemplo el condado donde trabaja o donde se va a mudar), como una medida de protección adicional, aunque este paso no es obligatorio. Una orden de protección de un juez de Pennsylvania tiene vigencia en cualquier otro condado del estado, independientemente de si la ha solicitado en ese condado.1 Puede pedir una copia certificada de su orden de protección en el juzgado donde fue expedida – no tendrá que pagar por ninguna copia certificada en Pennsylvania.2 Para más información sobre cómo certificar su PFA vea ¿Necesito algo en especial para hacer cumplir mi orden de protección en otro estado?
Los diferentes estados tienen normas distintas para hacer cumplir órdenes de protección expedidas fuera del estado. Si usted se traslada fuera de Pennsylvania, puede encontrar información sobre las políticas del estado si contacta con un programa de violencia doméstica, el funcionario del juzgado o un abogado en esa zona. También puede llamar al National Center on Full Faith and Credit (1-800-903-0111, ext. 2) para obtener información sobre el cumplimiento de su orden en otro estado.
Para leer más información sobre como trasladarse a vivir fuera de Pennsylvania puede afectar su PFA, por favor lea nuestra página de Mudándose a otro estado con una orden de protección.
Nota: Para obtener más información sobre el cumplimiento de una orden de protección militar (military protective order, MPO) fuera de la base militar, o hacer cumplir una orden de protección civil (civil protection order, CPO) en una base militar, por favor vea nuestra página de Órdenes de Protección Militar.
1 23 Pa.C.S.A. §§ 6104(a)-(e); 6105(h)
2 23 Pa,C.S.A. § 6104(d)(3)
2 23 Pa.C.S.A. §§ 6102; 6104(d)
Si me dan una orden de protección, ¿aparecerá en una búsqueda en el internet?
De acuerdo a la ley federal, que aplica a todos los estados, territorios y tierras tribales, se supone que las cortes no publiquen información que podría revelar su identidad y localización en el internet. Esto aplica a:
- la petición que presenta;
- la orden de protección, orden de restricción o interdicto que le dio la corte; o,
- que se registró la orden en otro estado. 1
1 18 USC § 2265(d)(3)