¿Qué puedo hacer si el otro padre se lleva o amenaza con llevarse a los niños fuera del estado sin mi permiso?
Si tiene miedo de que su hijo/a sea sometido a, o sea amenazado con maltrato o abuso si le sacan del estado, es posible que pueda presentar una petición de emergencia para la custodia física de el/la menor.1 Para más información, vea ¿Puedo obtener la custodia temporal?
Si ya tiene una orden de custodia, pero tiene miedo de que su hijo/a será removido/a del estado de forma inmediata (inminente) por el/la otro/a padre/madre en violación de esa orden, podría solicitar que se haga cumplir la orden de custodia. Eso se puede hacer pidiéndole a el/la juez/a que emita un mandamiento judicial (“warrant”) para que usted pueda tomar la custodia física de el/la menor. Esto también es una opción si usted entiende que es probable que su hijo/a sufra daño físico grave inmediato.2
Si usted cree que el/la otro/a padre/madre ha violado la orden de custodia, también podría presentar una petición de desacato basado en la violación de la orden de custodia. Al solicitar el desacato, se le pide a el/la juez/a que:
- determine que el/la otro/a padre/madre violó la orden;
- obligue que el/la otro/a padre/madre cumpla con la orden;
- cambie la orden basándose en la violación; o
- castigue a el/la otro/a padre/madre con:
- un máximo de seis meses de cárcel;
- una multa de hasta $500;
- un máximo de seis meses de probatoria;
- suspensión de la licencia de conducir; o
- una orden que obligue a el/la otro/a padre/madre a pagar sus costos judiciales y honorarios de abogado/a.3
1 23 Pa.C.S.A. § 5424(a)
2 23 Pa.C.S.A. § 5451(a)-(b)
3 23 Pa.C.S.A. § 5323(g)