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Secuestro parental

Leyes actualizadas al 24 de junio de 2024

Si me dan una orden de custodia temporal de emergencia en un estado donde acabo de llegar, ¿cuánto tiempo durará la orden de custodia?

Usualmente, una corte estatal solo tiene poder (jurisdicción) para tomar decisiones de custodia cuando:

  • es el estado de residencia de el/la menor;1
  • hay un caso vigente en ese estado que involucra a el/la menor; o
  • anteriormente un/a juez/a otorgó una orden de custodia en ese estado.2

Cuando una corte de otro estado hace una orden de custodia de emergencia, esa corte está usando “jurisdicción de emergencia” para dar la orden temporal. Por lo tanto, se supone que la orden solo dure un corto periodo de tiempo. Usualmente, una orden de emergencia durará solo hasta que el estado de residencia, conocido como el estado con “jurisdicción preferida”, pueda:

  • otorgar su propia orden; o
  • cambiar (modificar) cualquier orden de custodia que ya haya estado vigente.2

El/la juez/a de emergencia debe incluir en la orden el periodo de tiempo que la orden estará vigente. Esto es para que el/la padre/madre pueda buscar una orden más permanente de la corte que tiene jurisdicción preferida. Si se han presentado casos que involucran a el/la mismo/a menor en dos lugares distintos, los/as jueces/zas deben comunicarse entre sí para decidir qué estado se quedará con el caso de custodia a largo plazo.2

1 UCCJEA § 102(7)
2 UCCJEA § 204