Rhode Island: Abuso del litigio
Abuso del litigio
Información básica
¿Cuál es la definición de litigio abusivo en Rhode Island?
Litigio abusivo es cuando la persona agresora usa el sistema judicial principalmente para maltratarle, acosarle, intimidarle o amenazarle, o como una manera de continuar el contacto con usted.1 Esto puede incluir:
- presentar demandas, reclamaciones o peticiones en su contra;
- enviar notificaciones judiciales, mociones u órdenes para presentarse en corte;
- notificar ordenes de comparecencia (“subpoenas”), interrogatorios o solicitudes de documentos;
- enviar notificaciones de declaración u otras solicitudes de descubrimiento de prueba.2
A menudo, el litigio abusivo ocurre cuando una persona agresora quiere mantener el poder y control sobre una víctima que ha dejado o está intentando dejar una relación.
Si esto le está sucediendo, puede pedirle una orden de restricción de abuso del litigio a el/la juez/a. Esta orden puede limitar la habilidad de la persona agresora para continuar presentando nuevos casos o mociones en su contra.
1 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-1(1)
2 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-1(4)
¿Cómo puede un juez detener el litigio abusivo?
Si un/a juez/a decide que el litigio es abusivo, puede desestimar o denegar el caso o solicitud legal “con perjuicio”. Esto significa que la persona agresora no puede volver a presentarlo.1
Un/a juez/a también puede dar una orden de restricción de abuso del litigio. La orden podría hacer que la persona agresora haga cualquiera de o todas las siguientes cosas:
- pagar los honorarios de su abogado/a y demás costos legales de responder al litigio abusivo;
- reembolsarle por gastos como:
- costos judiciales;
- perdida de sueldo;
- costos de transportación; y
- costos de cuido de menores; y
- tenga que conseguir permiso de el/la juez/a antes de presentar cualquier caso nuevo en contra suya o de sus hijos/as, lo que se conoce como una “restricción previa a la presentación de una demanda”; y
- cumplir con cualquier otra condición que el/la juez/a entienda que es necesaria y apropiada.2
1 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-4(a)
2 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-4(b)
¿Cómo puedo probar que la persona agresora está cometiendo abuso del litigio?
Un/a juez/a asumirá que el litigio es abusivo si usted puede probar una de las siguientes cosas:
- Usted y la persona agresora han litigado casos iguales o sustancialmente similares en cualquier corte dentro de los últimos cinco años;
- Un/a juez/a ya tomó una decisión o desestimó un caso sobre un tema igual o sustancialmente similar en los últimos cinco años, después de considerar la evidencia, los hechos y la ley (“una decisión en sus méritos”);
- Un/a juez/a castigó (sancionó) a la persona agresora en los últimos cinco años por presentar un caso en su contra sin bases legales (frívolo), acosador (abusivo), intransigente o de mala fe;
- Un/a juez/a ya determinó que la persona agresora ha cometido abuso del litigio y le puso una restricción previa a la presentación de una demanda;
- Las reclamaciones de la persona agresora no están basadas en leyes existentes o en un argumento razonable para cambiar la ley;
- Las reclamaciones de la persona agresora carecen de pruebas, y es poco probable que pueda encontrar prueba suficiente más adelante, incluso luego de una investigación adicional; o
- La persona agresora ya perdió sobre el mismo asunto en otro caso judicial después que se litigó y se presentó ante un/a juez/a para su decisión.1
Si usted puede demostrar uno de los siete factores mencionados arriba, se crea lo que se conoce como una “presunción controvertible”. Esto significa que el/la juez/a asumirá que la persona agresora cometió abuso del litigio, y es responsabilidad de la persona agresora probar lo contrario.1
1 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-3
Obtener la orden
¿Puedo solicitar una orden para detener el litigio abusivo?
Usted puede solicitar una orden para detener el litigio abusivo si las siguientes dos cosas son ciertas:
- La persona que está cometiendo abuso del litigio es:
- su familiar o miembro del hogar actual o anterior; o
- una persona que tiene una orden civil en su contra o una sentencia criminal por acecharle o agredirle sexualmente; y
- Un/a juez/a ha determinado que esta persona cometió violencia doméstica, acecho o agresión sexual en su contra.1 Usted puede probar esto con los documentos que se mencionan en ¿Qué documentos puedo usar para probar que la persona que está abusando del litigio me maltrató?
Un familiar o miembro del hogar significa:
- su pareja o ex pareja íntima;
- su cónyuge o ex cónyuge;
- una persona relacionada a usted por sangre o matrimonio;
- una persona que viva o haya vivido con usted durante los últimos tres años;
- una persona con quien usted tenga un/a hijo/a; o
- una persona con quien usted tenga o haya tenido un noviazgo o compromiso durante el último año.2
1 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-2(a)(1), (a)(2)
2 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-1(2)
¿Qué documentos puedo usar para probar que la persona que está abusando del litigio me maltrató?
Independientemente que la persona agresora sea un familiar o miembro del hogar o una persona que le haya acechado o agredido sexualmente, usted debe demostrar que un/a juez/a ya ha decidido que esta persona cometió maltrato doméstico, acecho o agresión sexual en su contra.
Puede presentar cualquiera de estos documentos ante el/la juez/a como prueba:
- una orden de restricción final contra la violencia doméstica;
- una orden de protección final de un caso de divorcio o custodia, según la sección 15-5-19 de la ley;
- una orden de no contacto;
- una orden de protección final contra la agresión sexual;
- una orden final de prevención de maltrato de cualquier estado, territorio o tribu indígena federalmente reconocida de los EE. UU., siempre y cuando sea parecida a las órdenes de Rhode Island;
- una orden final de manutención o custodia de menores que incluya una determinación (“hallazgo”) de maltrato;
- una sentencia criminal, declaración “nolo contendere” (no se defendió) o acusación criminal en cualquier estado por uno de los crímenes que se mencionan en la sección 12-29-2 de la ley;
- una acusación criminal pendiente de violencia doméstica en cualquier estado, donde la corte haya puesto condiciones para la liberación de la persona agresora para protegerle a usted; o
- una declaración jurada (afidávit) de una persona intercesora de violencia doméstica o agresión sexual o un/a consejero/a de una agencia que ayude a las víctimas a establecer que un/a juez/a determinó que esta persona cometió abuso doméstico, acecho o agresión sexual en su contra.1
1 R.I. Gen. Laws §§ 8-8.4-1(1)(ii)(A)-(H); 8-8.4-2(a)(2)(i)-(viii)
¿Cómo puedo pedir una orden para detener el litigio abusivo?
Usted puede solicitar una orden para detener (restringir) el abuso del litigio de cualquiera de las siguientes maneras:
- en su contestación o respuesta al abuso del litigio que la persona agresora haya presentado, comenzado o continuado;
- en una moción que presente en cualquier momento durante un caso judicial en curso;
- en su contestación o respuesta a la moción o solicitud de una orden de la persona agresora;
- durante una audiencia judicial, presentando su solicitud oralmente; o
- presentando una petición.1
Si el abuso del litigio está ocurriendo en la corte de distrito, de familia o superior, usted puede presentar una moción en la misma corte pidiéndole a el/la juez/a una orden de restricción de abuso del litigio. Sin embargo, si la persona agresora aún no ha presentado un caso, entonces usted deberá pedir una orden presentando una petición en la corte superior.2 Un ejemplo de abuso del litigio cuando aún no hay un caso en la corte es si la persona agresora le hace la notificación de documentos judiciales que todavía no se han presentado, con el propósito de acosarle. Para ver los formularios judiciales para presentar una petición o moción, vaya a ¿Hay formularios disponibles para ayudarme a solicitar una orden para detener el litigio abusivo?
1 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-2(b)
2 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-2(c), (d), (e)
¿Hay algún costo por solicitar una orden de restricción de abuso del litigio?
No hay costo alguno por solicitar una orden de restricción de abuso del litigio.1
1 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-2(h)
¿Hay formularios disponibles para ayudarme a solicitar una orden para detener el litigio abusivo?
Las cortes de Rhode Island tienen formularios de ejemplo que pueden facilitar la solicitud de una orden, especialmente si no tiene un/a abogado/a. Aquí tiene los enlaces para los formularios que pueden usarse en distintas cortes:
- Moción de Abuso del Litigio en la Corte Superior;
- Petición de Abuso del Litigio en la Corte Superior;
- Moción de Abuso del Litigio en la Corte de Familia; y
- Moción de Abuso del Litigio en la Corte de Distrito.
Puede encontrar más formularios judiciales en el sitio web del Poder Judicial de Rhode Island. Para saber en qué corte presentar su petición, vea ¿Cómo puedo pedir una orden para detener el litigio abusivo?
Después de la audiencia
Si me dieron una orden de restricción de abuso del litigio, ¿qué pasa si la persona agresora presenta un nuevo caso judicial?
Si usted tiene una orden de restricción de abuso del litigio, la persona agresora debe obtener permiso de un/a juez/a antes de presentar un caso nuevo o de hacer la notificación de documentos legales de un caso vigente en su contra.
Esto es lo próximo que pasará:
- La corte le notificará que se está programando una audiencia para decidir si la solicitud de la persona agresora es permitida.
- Usted tiene derecho de asistir a la audiencia en persona, o podría ser posible asistir de forma remota. Si no puede asistir de ninguna manera, el/la juez/a esperará que presente una respuesta por escrito.1
- Si el/la juez/a decide que la solicitud legal propuesta por la persona agresora es abusiva, la denegará o desestimará.2
- Si el/la juez/a decide que no es abusivo, la persona agresora puede continuar con el caso. Cuando le hagan la notificación con los documentos legales nuevos que presente la persona agresora, debe incluir una copia de la orden de el/la juez/a que autoriza el caso.3
Si usted recibe documentos legales de la persona agresora sin que haya una orden de la corte que autorice que los documentos puedan presentarse o ser notificados, lo único que usted tiene que hacer es presentar una copia de su orden de restricción de abuso del litigio. No es necesario que responda de ninguna otra manera. Si los documentos legales le piden que se presente para una declaración, no tiene que asistir.4 El/la juez/a desestimará el caso y podrá tomar medidas adicionales contra la persona agresora por violar la orden de restricción de abuso del litigio.5
1 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-5(a), (b)
2 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-5(c)
3 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-5(d)
4 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-5(g)
5 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-5(h
Mi petición para una orden de restricción de abuso del litigio fue denegada. ¿Qué pasará ahora?
Si el/la juez/a decide que el caso en su contra no es abusivo, el/la juez/a hará una orden explicando las razones. Entonces el caso de la persona agresora continuará con normalidad y usted deberá participar.1
Si usted cree que el/la juez/a cometió un error, puede considerar apelar la decisión. Es posible que quiera hablar con un/a abogado/a para conocer sus opciones. Si quiere que la persona agresora pare de contactarle fuera de la corte, podría considerar solicitar una orden de restricción contra la violencia doméstica o una orden de protección contra la agresión sexual si califica.
1 R.I. Gen. Laws § 8-8.4-4(c)




