Al terminar mi contrato de arrendamiento, ¿le deberé dinero al arrendador?
Usted podría deberle una cantidad de dinero equivalente a un mes de renta, si el/la arrendador/a ha perdido dinero por usted haber terminado su contrato antes de tiempo. El/la arrendador/a es responsable de documentar el dinero (daños) que perdió. Este dinero se le deberá pagar a el/la arrendador/a dentro de 90 días de haberse ido de (desocupado) su casa. El/la arrendador/a se puede quedar con el depósito de seguridad hasta que usted pague ese mes de renta o puede usar el depósito para ir cubriendo el dinero que usted le debe.1
Lo que sucede frecuentemente es que el/la arrendador/a se queda con el depósito y lo regresa si logra alquilar la casa o el apartamento rápido y si no es necesario usar el depósito para reparar cualquier daño físico a la propiedad. Si el arrendador no puede alquilar la casa o el apartamento rápido, se quedará con el depósito en lugar de la renta que se debe.
1 Colo. Rev. Stat. § 38-12-402(2)(b)