WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.

Información Legal: Colorado

Colorado: Divorcio

Leyes actualizadas al
24 de octubre de 2024

A continuación encontrará información básica sobre el divorcio en Colorado.

¿Cuáles son los requisitos de residencia para solicitar un divorcio en Colorado?

Para solicitar un divorcio en Colorado, usted o su esposo/a debe haber residido en Colorado por un mínimo de 91 días inmediatamente antes a la presentación de la solicitud de divorcio.1

1 Colo. Rev. Stat. § 14-10-106(1)(a)(I)

¿Cuáles son las razones (causales) para el divorcio en Colorado?

Las causales son razones legalmente aceptables para el divorcio. Un/a juez/a puede otorgarle el divorcio o una separación legal en Colorado si considera que el matrimonio está irremediablemente roto.1 Esto significa que el matrimonio ya no funciona y que no puede arreglarse.

Nota: Una sentencia de divorcio solo puede ser presentada una vez que hayan pasado 91 días desde uno de los siguientes acontecimientos:

  • el día que su esposo/a fue notificado/a legalmente sobre los procedimientos de divorcio;
  • el día que él/ella se incorporó como copeticionario/a en la solicitud de divorcio; o
  • el día que él/ella se presentó en el caso de cualquier otra manera.2

1 Colo. Rev. Stat. § 14-10-106(1)(a)(II)
2 Colo. Rev. Stat. § 14-10-106(1)(a)(III)

¿Puedo obtener manutención conyugal? ¿Qué factores considerará el juez?

La manutención conyugal, también conocida como pensión alimentaria ex cónyuge, es un apoyo financiero pagado por su esposo/a, o pagado a su esposo/a, y que puede ser otorgado durante un divorcio, una separación legal o una anulación (“declaración de nulidad”).1

Si uno de los cónyuges solicita manutención, el/la juez/a considerará los siguientes factores en el momento de decidir si ordena manutención o no:

  • su nivel de ingresos y el de su esposo/a;
  • la división de la propiedad conyugal;
  • los recursos financieros de cada esposo/a, que incluyen pero no se limitan al ingreso real o el posible ingreso por propiedad separada o conyugal;
  • las necesidades económicas razonables que se hayan establecido durante el matrimonio; y
  • los efectos (implicaciones) tributarias de pagar o recibir la manutención.1

Si el/la juez/a decide conceder manutención, deberá determinar la cantidad y la duración (período) de la manutención que sea justo y razonable (equitativo) para ambos cónyuges, después de considerar las guías establecidas en la ley y los siguientes factores:

  • los recursos financieros de cada esposo/a, que incluyen al ingreso real o el posible ingreso proveniente de propiedad separada o conyugal;
  • los recursos financieros de el/la esposo/a que paga la manutención, que incluye los ingresos reales o sus posibles ingresos y su capacidad para satisfacer sus propias necesidades;
  • el estilo de vida que se estableció durante el matrimonio;
  • la separación de bienes conyugales;
  • los ingresos y la capacidad de empleo de ambos cónyuges, que incluye capacitación o educación adicional, de ser necesario, y cualquier reducción del empleo por:
    • la necesidad de cuidar un/a hijo/a menor del matrimonio; o
    • las circunstancias de las partes;
  • si una de las partes tuvo ingresos históricamente más altos o bajos, y la duración y la regularidad de los ingresos por horas extra o empleos secundarios;
  • la duración del matrimonio;
  • la cantidad de la manutención temporal y la cantidad de meses por los cuales se pagó manutención;
  • la edad y la salud de las partes, que tiene en cuenta las necesidades significativas de atención médica;
  • las aportaciones económicas y no económicas al matrimonio, o los aportes a la mejora económica, educativa u ocupacional de uno de los cónyuges;
  • los efectos o implicaciones tributarias de pagar o recibir manutención y cualquier ajuste a la manutención que pueda ser necesario para hacer que la carga sea más equitativa entre las partes;
  • si las circunstancias de las partes en el momento en el que el /la juez/a emite la orden permanente merecen otorgar la cantidad mínima (nominal) de manutención, para preservar el derecho de manutención de ese esposo/a en el futuro; y
  • cualquier otro factor que el/la juez/a considere relevante.2

1 Colo. Rev. Stat. § 14-10-114(3)(a)(I)
2 Colo. Rev. Stat. § 14-10-114(3)(a)(II), (3)(c)

¿Dónde puedo encontrar información adicional sobre el divorcio?

La Judicatura de Colorado tiene muchos materiales sobre el proceso de divorcio, incluyendo:

WomensLaw.org no está afiliada a estas organizaciones por lo que no puede garantizar la información includia en sus sitios web. Estos enlaces son solamente recursos informativos.

En nuestra página general de Divorcio, encontrará más información sobre este proceso, incluyendo los riesgos de llevarse a los/as menores fuera del estado mientras el divorcio está en proceso. Para ver vídeos cortos en español sobre el Divorcio, puede ir a nuestra página de vídeos. Finalmente, para aprender más sobre el proceso en la corte, puede ir a nuestra página de Preparándose para la Corte - Por su Cuenta.

¿Cuáles son los pasos básicos para conseguir un divorcio?

Aunque las leyes de divorcio cambian por estado, le proporcionamos los pasos básicos para obtener un divorcio:

  • Primero, es necesario que cumpla con los requisitos de residencia del estado.
  • Segundo, tiene que tener “bases” (una razón legalmente válida) para ponerle fin a su matrimonio.
  • Tercero, debe llenar la petición de divorcio y enviarle copias de los papeles a su esposo/a. (Para más información sobre cómo solicitar una citación, preparar una petición, y sobre la notificación, diríjase a la página Comenzando el Caso en la Corte en nuestra sección Preparándose para la Corte – por su Cuenta).
  • Cuarto, si su esposo/a no esta de acuerdo con cualquiera de lo mencionado en los papeles de divorcio, este tendrá la oportunidad de llenar su propia petición y tener así la oportunidad de presentar los papeles desde su punto de vista. Esto es a lo que se le refiere como un “divorcio disputado.” Si él/ella lo disputa, entonces usted tendrá que presentarse en la corte una serie de veces para resolver las objeciones. Si su esposo/a no tiene ninguna objeción, entonces debería firmar los papeles y enviárselos de vuelta a usted. Si su esposo/a esta de acuerdo con todo y firma los papales sin objetar, obtendrá lo que se le conoce como un, “divorcio no disputado”. Además, si después de un tiempo su esposo/a no ha firmado ningún papel o solicitado nada con respecto al divorcio, puede que usted pueda proseguir con el proceso de divorcio como un divorcio no disputado. (Hable con un abogado en su estado sobre cuánto tiempo tiene que esperar para ver si su esposo firmo antes de proceder con su divorcio)
  • Quinto, de existir alguna propiedad que debe ser dividida o si llegase a necesitar apoyo económico de su esposo/a tendrá entonces que arreglar estos detalles ya sea mediante un acuerdo fuera de la corte o bien con una serie de audiencias en la corte. La custodia puede ser determinada como parte de su divorcio.​

 

Usted puede encontrar más información sobre la notificación del proceso en nuestra página Preparándose para la Corte - Por su Cuenta, bajo la pregunta ¿Qué es una notificación y cómo la llevo a cabo?