¿Si existe una orden de custodia, como puedo cambiarla?
Si ya existe una orden de custodia, usted puede pedirle a la corte que emitió la orden que la modifique o la cambie si uno de los padres todavía vive en ese estado. Generalmente, usted solo puede cambiar o modificar una orden de custodia final si ha habido cambios substanciales en las circunstancias desde que se otorgó la orden y cambiar la orden sería en los mejores intereses de el/la niño/a (sin embargo, el criterio exacto puede variar de estado a estado). Tenemos información acerca de cómo modificar órdenes de custodia para la mayoría de estados. Para saber si tenemos esta información en su estado, seleccione su estado en el menú desplegable de la parte superior de la página.
Ejemplo: Si hay nuevas alegaciones de abuso, si alguno de los padres fue condenado de un crimen que afecta a su habilidad de ser padre/madre, el uso súbito de drogas de un/a padre/madre, etc. son algunos ejemplos que posiblemente puede contar como un cambio en las circunstancias. Estos son sólo algunos ejemplos que pueden ser relevantes en su estado – puede haber muchos más.
Generalmente, una vez que la corte tiene jurisdicción (poder para tomar una decisión) sobre su caso, esa corte va a continuar teniéndola aunque se mude a otro estado. Si se ha mudado, puede pedirle a la corte que emitió la orden original que transfiera el caso al nuevo estado. Bajo ciertas circunstancias, como cuando ambos padres y los/as hijos/as se han mudado del estado original, es posible que se pueda pedir que la corte en su nuevo estado modifique la orden sin tener que regresar al estado original. En las preguntas de abajo, encontrará más información acerca de cómo modificar una orden de custodia en otros estados.
Por lo general esto es complicado, y como en todos los casos de custodia, sugerimos que hable con un/a abogado/a acerca de su caso. Vea Encontrando a un Abogado para referencias legales. Usted también puede escribirnos para más información sobre cuándo una persona puede cambiar o modificar la orden de custodia en un nuevo estado.
¿Son las leyes para modificar la custodia las mismas en todos los estados?
Cada estado tiene sus propios criterios para modificar una orden de custodia. Estos criterios usualmente se pueden encontrar en las leyes estatales de custodia. Además, hay leyes que tienen que ver con la “jurisdicción”, que determina qué estado tiene el poder o autoridad de modificar una orden de custodia. La información proporcionada se basa en una ley llamada la Ley Federal Uniforme sobre Jurisdicción y Cumplimiento de Custodia de Niños (Uniform Child Custody Jurisdiction and Enforcement Act) (UCCJEA) que ha sido adoptada por todos los estados excepto por Massachusetts (y Puerto Rico). Massachusetts (pero no Puerto Rico) actualmente se basa en una antigua orden llamada Ley Federal Uniforme sobre Jurisdicción de la Custodia de Niños (Uniform Child Custody Jurisdiction Act) (UCCJA). Las reglas que detallamos en las respuestas que siguen pueden ser algo diferentes si usted vive en alguno de esos estados. Por favor no dude en escribirnos a nuestro Correo Electrónico Legal si tiene alguna pregunta relacionada con el tema.
Este es un problema bastante complicado y le recomendamos que consiga un/a abogado/a para que le ayude. Por favor vaya a nuestra página Encontrando a un Abogado, allí puede encontrar ayuda legal gratuita y/o a bajo costo para personas que cualifican. También puede contactarse con el Centro de Recursos Legales sobre la Violencia Contra la Mujer (Legal Resource Center on Violence Against Women) en el 301-270-1550 para ayuda si existió una historia de maltrato doméstico y si tiene un caso de custodia que incluye a más de un estado.