¿Cómo puedo evitar que el otro padre se lleve a mis hijos fuera del país?
Es posible que quiera contactar de inmediato a un/a abogado/a que pueda ayudarle a prevenir que saquen a sus hijos/as de los Estados Unidos. Para obtener un listado de recursos legales, por favor visite nuestra página Encontrando a un abogado.
Si logra convencer a un/a juez/a de que sus preocupaciones son “razonables”, basándose en los hechos, es posible que pueda lograr que la corte intervenga. Si busca obtener la custodia de sus hijo/as, puede pedirle a el/la juez/a que incluya una disposición en la orden que prohíba a el/la padre/madre que no tiene la custodia viaje con sus hijos/as fuera del estado o país.
Si el/la juez/a incluye lenguaje específico en una orden de que no se puede sacar a el/la menor de los Estados Unidos, puede inscribirse en el Programa de prevención de secuestro del gobierno. Ese programa crea una “alerta de viaje” que previene que se le permita a un/a menor subirse en un avión.1
Si sospecha que el/la otro/a padre/madre intentará llevarse a su niño/a fuera del país, quizás pueda solicitarle a la corte que tome posesión del pasaporte de su hijo/a, y aun de el/la orto/a padre/madre, de tal manera que no le sea posible salir del país. Si su hijo/a no tiene un pasaporte, es posible que puede registrar para el Programa de alerta de emisión de pasaportes de niños (CPIAP por sus siglas en inglés) del Departamento de Estado de los Estados Unidos, que provee este servicio:
“Los padres pueden inscribir a sus hijos/as menores de 18 de edad que son ciudadanos/as de los EE.UU. en el Programa de alerta de emisión de pasaportes de niños (CPIAP), una de las herramientas más importantes del Departamento del Estado para prevenir el secuestro internacional de hijos/as por padres/madres. Si se presenta una solicitud para un/a menor inscrito/a en CPIAP, el departamento alerta a el/la padre/madre o a los padres. Este programa les brinda un aviso por adelantado a los padres sobre posibles planes para un viaje internacional con el/la menor.”
1 Vea el sitio web del Departamento del Estado de los Estados Unidos