Si me dan una orden de custodia temporal de emergencia en un estado donde acabo de llegar, ¿cuánto tiempo durará la orden de custodia?
Usualmente, una corte solo tiene poder (jurisdicción) para tomar decisiones de custodia de un/a menor que haya vivido en ese estado por los pasados seis meses. Cuando la corte hace una orden de custodia de emergencia, la corte está usando “jurisdicción de emergencia” para dar la orden temporal. Por lo tanto, se supone que la orden dure un corto periodo de tiempo, solo hasta que el estado de residencia, conocido como el estado con la “jurisdicción preferida”, pueda dar o cambiar una orden de custodia a largo plazo. El/la juez/a tiene que incluir el periodo de tiempo que la orden estará vigente para permitir que el/la padre/madre vea una orden de la jurisdicción de preferencia. Si se han presentado casos sobre el/la mismo/a menor en dos lugares distintos, los/as jueces/zas tienen que comunicarse entre sí para decidir cuál estado se quedará con el caso de custodia a largo plazo.1
1 UCCJEA § 204