¿Puedo obtener manutención conyugal? ¿Qué factores considerará el juez?
La manutención conyugal, también llamada pensión, es un apoyo monetario pagado por usted hacia su esposo/a o de su esposo/a hacia usted, y puede ser otorgado como parte de un divorcio. Un/a juez/a podría otorgarle manutención conyugal si él/ella descubre que:
- usted es el/la esposo/a dependiente;
- su esposo/a es el soporte económico; y
- que es justo (equitativo) otorgarle manutención conyugal a usted después de considerar la lista de factores a continuación. Sin embargo, el/la juez/a podría no concederle manutención conyugal bajo ciertas circunstancias de mala conducta marital.1
Para determinar la cantidad de la manutención conyugal y la duración de los pagos, un/a juez/a considerará:
- cualquier mal comportamiento durante el matrimonio (“mala conducta marital”) de cualquiera de los/as esposos/as; Nota: el/la juez/a puede considerar la mala conducta marital luego de la fecha de la separación, para ayudar a probar que hubo mala conducta marital durante el matrimonio;
- los ingresos relativos y la capacidad de obtener ingresos de cada esposo/a;
- la edad y las condiciones físicas, mentales y emocionales de cada esposo/a;
- la cantidad y la fuente de ingresos de cada esposo/a, que incluye pero no se limita a las ganancias, dividendos y beneficios, como la jubilación, los beneficios médicos, de seguro y de seguridad social;
- la duración del matrimonio;
- la contribución de un/a cónyuge a la educación, la capacitación y la mejora del potencial para obtener ingresos de el/la otro/a esposo/a;
- los efectos que tendrá la custodia de un hijo/a sobre la capacidad de obtener ingresos y los gastos de el/la otro/a cónyuge;
- el estándar de vida durante el matrimonio;
- la educación de cada esposo/a;
- el tiempo necesario para que el/la esposo/a que recibe la manutención conyugal pueda obtener la educación o la capacitación necesaria para poder conseguir un trabajo que satisfaga sus necesidades económicas;
- los activos, las deudas y los pasivos relativos de cada esposo/a, lo que incluye las obligaciones legales de manutención;
- la propiedad que cada esposo/a ingresó al matrimonio;
- las contribuciones de cada esposo/a a las tareas domésticas;
- las necesidades de cada esposo/a;
- las consecuencias fiscales de la manutención conyugal; y
- cualquier otro factor económico que el/la juez/a considere importante.2
Usted o su esposo/a puede solicitar un juicio por jurado para que decida si usted o su esposo/a cometió alguna conducta marital inadecuada, como se menciona en el número 1, anteriormente.3
1 N.C.G.S.§ 50-16.3A(a)
2 N.C.G.S.§ 50-16.3A(b)
3 N.C.G.S.§ 50-16.3A(d)