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Información Legal: Carolina del Norte

Divorcio

Leyes actualizadas al 22 de diciembre de 2023

¿Puedo obtener manutención conyugal? ¿Qué factores considerará el juez?

La manutención conyugal, también llamada pensión, es un apoyo monetario pagado por usted hacia su esposo/a o de su esposo/a hacia usted, y puede ser otorgado como parte de un divorcio. Un/a juez/a podría otorgarle manutención conyugal si él/ella descubre que:

  • usted es el/la esposo/a dependiente;
  • su esposo/a es el soporte económico; y
  • que es justo (equitativo) otorgarle manutención conyugal a usted después de considerar la lista de factores a continuación. Sin embargo, el/la juez/a podría no concederle manutención conyugal bajo ciertas circunstancias de mala conducta marital.1

Para determinar la cantidad de la manutención conyugal y la duración de los pagos, un/a juez/a considerará:

  1. cualquier mal comportamiento durante el matrimonio (“mala conducta marital”) de cualquiera de los/as esposos/as; Nota: el/la juez/a puede considerar la mala conducta marital luego de la fecha de la separación, para ayudar a probar que hubo mala conducta marital durante el matrimonio;
  2. los ingresos relativos y la capacidad de obtener ingresos de cada esposo/a;
  3. la edad y las condiciones físicas, mentales y emocionales de cada esposo/a;
  4. la cantidad y la fuente de ingresos de cada esposo/a, que incluye pero no se limita a las ganancias, dividendos y beneficios, como la jubilación, los beneficios médicos, de seguro y de seguridad social;
  5. la duración del matrimonio;
  6. la contribución de un/a cónyuge a la educación, la capacitación y la mejora del potencial para obtener ingresos de el/la otro/a esposo/a;
  7. los efectos que tendrá la custodia de un hijo/a sobre la capacidad de obtener ingresos y los gastos de el/la otro/a cónyuge;
  8. el estándar de vida durante el matrimonio;
  9. la educación de cada esposo/a;
  10. el tiempo necesario para que el/la esposo/a que recibe la manutención conyugal pueda obtener la educación o la capacitación necesaria para poder conseguir un trabajo que satisfaga sus necesidades económicas;
  11. los activos, las deudas y los pasivos relativos de cada esposo/a, lo que incluye las obligaciones legales de manutención;
  12. la propiedad que cada esposo/a ingresó al matrimonio;
  13. las contribuciones de cada esposo/a a las tareas domésticas;
  14. las necesidades de cada esposo/a;
  15. las consecuencias fiscales de la manutención conyugal; y
  16. cualquier otro factor económico que el/la juez/a considere importante.2

Usted o su esposo/a puede solicitar un juicio por jurado para que decida si usted o su esposo/a cometió alguna conducta marital inadecuada, como se menciona en el número 1, anteriormente.3

1 N.C.G.S.§ 50-16.3A(a)
2 N.C.G.S.§ 50-16.3A(b)
3 N.C.G.S.§ 50-16.3A(d)