Demandando a un Agresor por Daños
Puede ser que tenga derecho a reclamar justicia de un/a agresor/ a través del sistema judicial de donde usted reside. Cuando una persona recibe un daño de otras, pueden reclamar a lo que la ley se refiere como “daños,” en forma de una compensación económica por los gastos médicos, el dinero que dejó de recibir en su empleo, dolores físicos o emocionales y, en algunos casos, para “castigar” a el/la agresor/a. Cada estado tiene sus propias leyes en este tema pero en la mayoría de los casos, son bastante similares cuando se trata de abuso. Para presentar este tipo de caso, es muy probable que necesite la ayuda de un abogado/a. Algunos/as abogados/as trabajan con este tipo de caso por una “tarifa contingente.” Eso lo que quiere decir es que el/la abogado/a cobra solamente si su cliente gana el caso; entonces él/ella toma una parte de lo que el/la juez/a determine que valen esos daños (usualmente una tercera parte). A veces, el/la juez/a ordena además que el/la demandado/a pague los gastos del abogado/a de el/la demandante.
Si los daños ocasionados están por debajo de un monto, usted puede solicitar una queja en el tribunal de instancias (tribunal de controversias de cuantía menor). El tribunal de instancias es un tipo de corte más informal y mucha gente puede asistir a esta corte sin la ayuda de un/a abogado/a. En Carolina del Norte, la cantidad que usted puede demandar en una acción de reclamos menores puede variar de un condado a otro, dependiendo de reglas locales, y puede variar desde $ 5,000 a $ 10,000.1 Si usted quiere presentar una demanda por un monto mayor, usted tendrá que presentar la demanda en la corte de justicia y puede que necesite la ayuda de un/a abogado/a. Usted puede hablar con el/la secretario/a de la corte en su condado para que la ayude con la solicitud de la demanda en el Tribunal de Instancias. Para leer más información (en inglés) acerca del Tribunal de Instancias para cuantías menores en Carolina del Norte, visite el sitio de Internet de Las Cortes de Carolina del Norte. Además, puede leer (en español) un Guía para el Tribunal de Reclamos Menores (Guide to Small Claims Court) de la Sociedad de Ayuda Legal de Carolina del Norte.
Nota: Si usted fue víctima del delito de publicación de imágenes privadas, la ley específicamente le permite demandar a la persona que divulga o utiliza la imagen por daños a razón de $1,000 por día por cada día de la violación o por la cantidad de $10,000, el que sea mayor. También puede demandar por daños punitivos (para castigar a la persona) y los honorarios razonables de su abogado/a y otros costos razonables del litigio.2
Si es víctima del crimen buscado demandar a el/la agresor/a y necesita la ayuda de un/a abogado/a que pueda tomar su caso por una “tarifa contingente”, puede comunicarse con la Asociación de Abogados/as para las Víctimas del Crimen (National Crime Victim Bar Association).
1 Vea el sitio de Internet de Las Cortes de Carolina del Norte
2 NCGS § 14-190.5A(g)