Las leyes de vivienda de Oregón protegen a víctimas de violencia doméstica, agresión sexual y acecho. Usted puede ser liberado/a de su contrato antes de tiempo, cambiar las cerraduras y/o cancelar el contrato de alquiler de el/la agresor/a. También, el/la arrendador/a no puede discriminar en su contra negándose a alquilarle o cancelando su alquiler debido a actividad policial en su casa luego de un incidente de violencia doméstica, agresión sexual o acecho, basándose en el hecho de que usted es una víctima.
- ¿Si soy una víctima, puedo ser liberada de mi contrato antes de tiempo?
- ¿Si me quedo en mi apartamento, puedo pedir que cambien mis cerraduras?
- ¿Puede un arrendador negarse a renovar mi contrato o desalojarme por ser una víctima? ¿Qué tal si la policía fue llamada a mi casa por el maltrato?
- ¿Es posible quedarme en el contrato de alquiler pero que los derechos de alquiler del agresor sean cancelados?
¿Si soy una víctima, puedo ser liberada de mi contrato antes de tiempo?
Si usted es una víctima de violencia doméstica, agresión sexual, crimen de odio o acecho, puede darle a su arrendador/a notificación escrita de que usted y cualquier familiar inmediato/a necesitan ser liberados/as de su contrato de alquiler, también conocido en inglés como “lease”. Esta ley le aplica si:
- está protegido/a por una orden de restricción; o
- fue víctima de violencia doméstica, agresión sexual, crimen de odio o acecho dentro de los 90 antes de la fecha de la notificación. El periodo de 90 días no incluye días en que el/la agresor/a estuvo encarcelado/a o estuvo viviendo a más de 100 millas de su casa.1
Hay documentos muy específicos que usted debe entregarle a su arrendador/a bajo esta ley. Para conocer más sobre los documentos específicos que necesita enviarle a su arrendador/a, por favor lea en nuestra página la sección 90.453 en nuestros Estatutos Seleccionados de Oregón.
Nota: Si usted y sus familiares inmediatos/as son liberados/as de su contrato de alquiler, esto no afecta necesariamente a los/as demás inquilinos/as de la casa. Si hay más inquilinos/as, el alquiler continuará para esos/as inquilinos/as.2
1 OR ST § 90.453(2)
2 OR ST § 90.456
¿Si me quedo en mi apartamento, puedo pedir que cambien mis cerraduras?
Si usted decide no irse de su apartamento, puede dejarle saber a el/la arrendador/a que usted es una víctima y pedirle que cambie sus cerraduras. Usted será responsable de cubrir los gastos del cambio de cerraduras. El/la arrendador/a deberá cambiar las cerraduras lo antes posible o darle a usted permiso de cambiarlas, siempre y cuando usted le dé una copia de la nueva llave a el/la arrendador/a. Usted no tiene que darle pruebas del maltrato.1 Para leer más sobre esta ley, vea en nuestra página la sección 90.459 en nuestros Estatutos Seleccionados de Oregón.
1 OR ST § 90.459
¿Puede un arrendador negarse a renovar mi contrato o desalojarme por ser una víctima? ¿Qué tal si la policía fue llamada a mi casa por el maltrato?
No pueden discriminar en su contra de ninguna forma por ser víctima de maltrato. Su arrendador/a no puede hacer nada de lo siguiente basándose en el hecho de que usted es una víctima (sin embargo, él/ella sí puede hacerlas por otras razones):
- cancelar su alquiler;
- negarse a renovar su alquiler;
- entregarle una notificación para cancelar su alquiler; traer o amenazar con presentar una demanda de posesión (desalojo);
- aumentarle el alquiler;
- reducir los servicios; o
- negarse a entrar en un contrato de alquiler con usted.1
Específicamente, su arrendador/a no puede llevar a cabo ninguna de estas 6 cosas si cualquiera de las siguientes aplica a su situación:
- usted es o fue una víctima de violencia doméstica, agresión sexual, crimen de odio o acecho;
- hubo una violación a su contrato de alquiler que surgió de un incidente de violencia doméstica, agresión sexual, crimen de odio o acecho cometido en su contra; o
- hubo actividad criminal en su contra relacionada a violencia doméstica, agresión sexual, crimen de odio o acecho y/o la policía u otro personal de respuesta de emergencia vino a su apartamento basándose en un incidente en el que usted fue maltratado/a, agredido/a sexualmente, la víctima de un crimen de odio o acechado/a.1
Existen más protecciones relacionadas que no mencionamos aquí. Para conocer las protecciones adicionales y las penalidades para un/a arrendador/a que viola esta ley, por favor lea en nuestra página la sección 90.449 en nuestros Estatutos Seleccionados de Oregón.
1 OR ST § 90.449(1)
¿Es posible quedarme en el contrato de alquiler pero que los derechos de alquiler del agresor sean cancelados?
El/la arrendador/a puede cancelar los derechos de alquiler bajo contrato de el/la agresor/a si usted y el/la agresor/a son co-inquilinos/as y aun así dejarle a usted como el/la único/a inquilino/a en el contrato. Específicamente, la ley dice que si un/a inquilino/a comete un acto criminal de violencia física relacionado a violencia doméstica, agresión sexual, crimen de odio o acecho en contra de otro/a inquilino/a, el/la arrendador/a puede cancelar el contrato de alquiler de el/la inquilino/a perpetrador/a dándole a él/ella una notificación escrita con 24 horas de antelación. Sin embargo, el/la arrendador/a no puede cancelar el contrato de alquiler de otros/as inquilinos/as basándose en el incidente.1 Si hay inquilinos/as restantes, el alquiler continuará para esos/as inquilinos/as.2
Existen más protecciones relacionadas que no mencionamos aquí. Para leer las protecciones adicionales y las penalidades para un/a arrendador/a que viola esta ley, por favor lea en nuestra página la sección 90.445 en nuestros Estatutos Seleccionados de Oregón.
1 OR ST § 90.445(1) (a)
2 OR ST § 90.456