Tengo una orden de restricción contra el agresor. ¿Puede tener un arma o comprar una nueva?
Si un/a juez/a le da un interdicto final por violencia doméstica, el/la juez/a debe ordenarle a el/la agresor/a que entregue cualquier arma de fuego que tenga a las autoridades. También debe prohibirle que compre armas de fuego, a menos que el/la agresor/a sea un/a oficial de paz y le sea requerido tener una como parte de las condiciones para su trabajo.1
Además, según la ley de Wisconsin, es un delito grave Clase G el que una persona posea un arma de fuego si cualquiera de las siguientes le aplica:
- tiene un interdicto en su contra por violencia doméstica o maltrato de menores , incluyendo un interdicto por violencia doméstica tribal excepto la tribu de Indios/as Menominee de Wisconsin. Sin embargo, para estos interdictos hay una excepción para oficiales de la policía o el ejército; o,
- es objeto de una orden que le prohíbe poseer un arma de fuego en una orden de restricción o interdicto por acoso o una orden de restricción o interdicto para una persona en riesgo.2
Además, si usted tiene una orden de restricción por violencia doméstica en contra de el/la agresor/a, la ley federal establece que es ilegal que el/la agresor/a compre, posea o tenga un arma de fuego.3 Para leer más información, vaya a nuestra página de Leyes Federales sobre Armas de Fuego.
1 Wis. Stat. § 813.12(4m)(a)(2), (4m)(ag)
2 Wis. Stat. § 941.29(1m)(f), (1m)(g)
3 18 USC 922(g)(1), (g)(9)