Comenzando el Caso en la Corte
Comenzando el Caso en la Corte
Información básica
¿Puedo presentar un caso en la corte? ¿Tengo una “causa de acción”?
Para ir a la corte y comenzar un caso, debe tener una razón para hacerlo. Generalmente, la razón por la que va a la corte se conoce como la “causa de acción”. Existe una causa de acción cuando alguien, usualmente conocido/a como el/la demandado/a, ha cometido una falta legal contra usted, o hay un desacuerdo que la corte puede resolver. Por ejemplo, usted puede tener una causa de acción contra cualquiera de las siguientes personas:
- alguien que le agredió;
- alguien con quien usted tuvo un contrato o acuerdo verbal y ese acuerdo se rompió; o
- alguien con quien usted tiene hijos/as y hay un desacuerdo sobre dónde deben vivir y quién debe tomar decisiones acerca de ellos/as.
Todos estos asuntos, y muchos otros, son causas de acción que le permiten llevar un caso a la corte.
¿Cómo inicio un caso en el tribunal?
La mayoría de los casos en la corte comienzan cuando una parte presenta una denuncia, petición u otros documentos legales ante el/la secretario/a de la corte. Por lo general, la parte que inicia el caso en la corte se llama “demandante” o “peticionario/a” y la parte a quien se demanda es el/la “acusado/a” o el/la “demandado/a”. Luego de que usted haya presentado todos los documentos, la otra parte debe “ser notificada” de la documentación; esto se conoce como “notificación”. La persona a quien usted está demandando recibirá una citación o una notificación de petición (una notificación legal para comparecer ante la corte) que, por lo general, incluye la petición y la declaración jurada. Esto le notificará a la otra parte acerca del caso en la corte y de las fechas programadas por la corte. En algunos casos, el/la secretario/a de la corte puede encargarse de la notificación y, a veces, el/la demandante es quien debe notificar a la otra parte.
¿Qué debo incluir en la petición o en la demanda?
Hay cierta información que generalmente debe incluirse en una petición para que el/la juez/a pueda ver el caso. En la mayoría de los estados, tendrá que incluir los nombres, direcciones y, si es posible, las fechas de nacimiento de las personas involucradas en el caso judicial. Si el caso involucra menores, por lo general también se exigen los nombres de los/as menores, sus direcciones, fechas de nacimiento e historial de domicilios. Si le preocupa revelar su dirección, puede preguntarle a el/la secretario/a de la corte si existe alguna forma de mantener la confidencialidad de su dirección.
Tendrá que incluir ciertas cosas en su petición para cumplir con los requisitos básicos de la corte donde está presentando su caso. La información solicitada en su petición dependerá del tipo de caso legal que está intentando iniciar. Básicamente, usted debe explicar el motivo por lo que lo presenta, lo que le gustaría que ocurriera (el remedio que usted está solicitando) y brindar ejemplos específicos de lo que ocurrió por lo que usted cree que el/la juez/a debería conceder lo que está solicitando. En algunos casos, habrán requisitos adicionales que deberá cumplir así que tendrá que asegurarse de revisar el formulario cuidadosamente y de completar todas las secciones. Por ejemplo, en caso de modificar una orden de custodia existente, tendrá que incluir información sobre el cambio de circunstancias que han ocurrido desde que se emitió la orden original.
La mayoría de los estados tienen ejemplos de formularios de petición que puede completar en línea. Si su estado no tiene formularios disponibles en línea, podrá obtener los formularios solicitándolos a el/la secretario/a de la corte en la corte donde quiere presentar su petición. Algunas cortes pueden incluso tener a un/a miembro del personal disponible para que lo/la ayude con el borrador de las peticiones.
Notificarle a la otra parte
¿Qué es una citación o notificación de petición?
Una citación o notificación de petición es un documento legal que le notifica a alguien acerca de un caso legal iniciado y le indica cuándo y dónde deberá presentarse (comparecer) ante la corte. Por lo general, las citaciones también indicarán que la persona debe comparecer en esa fecha y que podrá enfrentar consecuencias legales si no se presenta.
¿Qué es una notificación y cómo la llevo a cabo?
La notificación consiste en darle a las otras partes del caso en corte, copia de los documentos que se presentaron en el caso para que así estén notificados/as de que se presentó una demanda en su contra y tengan la oportunidad de responder. Existen muchas reglas específicas sobre quién, cuándo y cómo se debe notificar a una persona. Cada estado tiene reglas diferentes sobre la notificación pero, en general, existen unas pocas maneras distintas de notificar a la otra parte o partes.
- Notificación personal: La notificación personal es cuando una persona entrega los documentos personalmente a la otra parte. Para que las notificaciones sean correctas (válidas), los estados tienen ciertas reglas que deben cumplirse. Por ejemplo, algunos estados no permiten que se hagan notificaciones los domingos (u otro día sabático que usted sepa que la persona respeta). Además, usted (el/la demandante o peticionario/a) no puede ser quien entregue los documentos a la otra parte. Esto se debe a que si existe alguna duda respecto de si la persona fue o no realmente notificada, el/la juez/a querrá confirmar con un tercero, alguien que no sea usted, si efectivamente se hizo la notificación.
- Reemplazo de Notificación: Algunos estados permiten lo que se conoce como reemplazo de notificación o notificación implícita, que solo estará disponible en ciertos tipos de casos o si se cumplen ciertas condiciones. Algunos ejemplos de lo que podría considerarse calificado como reemplazo de notificación son:
- Notificar a una persona de “edad y criterio adecuados” en su domicilio o en su lugar de trabajo. En general, se considera que una persona reúne los requisitos de edad y criterio adecuados cuando se refiere a un/a adulto/a que no sufre de ninguna incapacidad de desarrollo.
- Luego de esfuerzos diligentes para notificar personalmente a el/la demandado, publicar los documentos en la residencia de el/la demandado/a y enviar una copia por correo postal a su última dirección conocida.
- La publicación de la notificación y/o de los documentos seleccionados por la corte en un diario u otras formas de notificación alternativas (tales como notificaciones a través de correo electrónico o redes sociales). Estos métodos de notificación, por lo general, tienen que ser aprobados por un/a juez/a antes de llevarse a cabo.
Es recomendable que consulte con un/a abogado/a si el reemplazo de notificación es necesario en su caso.
Recolectando evidencia
¿Debo reunir evidencia antes de presentar mi caso?
Si es seguro hacerlo, usted podría reunir evidencia y decidir qué testigos podrían ayudarle a probar su caso aún antes de usted presentarlo. Sin embargo, si usted tiene que presentar inmediatamente, puede comenzar a reunir su evidencia justo después de presentar.
Una vez comience a reunir evidencia, debería llevar un registro de testigos con sus nombres, información de contacto y lo que saben de su caso. Asegúrese de sacar fotos de cualquier daño que haya sufrido o cualquier daño a su propiedad. Si todavía tiene la propiedad dañada, guárdela. Si es lo suficientemente pequeña como para presentarla en corte, es posible que la pueda entrar como evidencia en vez de tener que fotografiarla. Recuerde que, como persona demandante o peticionaria, usted es quien tiene la responsabilidad legal de probar que lo que está alegando en su petición o demanda realmente ocurrió, así que mientras más evidencia tenga, mejor.
Mientras esté ocurriendo el maltrato, acecho o acoso, una cosa que pueda hacer para preparar mejor su caso es llevar un registro o récord de los detalles de cada incidente según ocurran. Puede hacer una lista con la fecha y hora de cada incidente, lo que la persona agresora hizo o dijo, las acciones que usted tomó, si alguna, los/as testigos o evidencia que tiene, etc. De esta forma, si usted tiene que probar el patrón de eventos en la corte, tendrá una lista organizada con toda la información a la cual pueda hacer referencia. También puede guardar cualquier correo de voz, correo electrónico o mensaje de texto relacionado que haya sido enviado para usarlo como prueba adicional del maltrato. Haga capturas de pantalla de cualquier publicación de redes sociales para guardarlas en caso de que la persona que las publicó decida borrarlas más adelante. Tenemos más información sobre la documentación de evidencia digital en ¿Cómo debo documentar el maltrato?
Puede descargar registros de acecho y acecho cibernético en nuestro sitio web, aunque también puede incluir otras formas de maltrato en esos registros.
¿Qué tipo de evidencia debo tener para mi caso?
Cada estado tiene sus propias leyes sobre qué evidencia puede usar en la corte. Por ejemplo, puede que tenga que conseguir copias certificadas de los documentos si quiere que el/la juez/a lo vea, o es posible que solo pueda entrar información de ciertas partes del documento. Si está intentando obtener informes de la policía, hospitales, doctores, etc., puede que tenga que conseguir un requerimiento judicial firmado por un/a juez/a o por otro personal de la corte para conseguir esos documentos. Su estado puede requerir que los documentos del requerimiento judicial sean enviados directamente a la corte en vez de a usted. Si está buscando registros de terceras partes, como una compañía de teléfono o un/a proveedor/a de servicio de Internet, puede encontrar obstáculos o atrasos adicionales por las leyes de privacidad o las políticas de la compañía en cuanto al almacenaje de datos. Comprender todo esto por su cuenta puede ser difícil por la complejidad de las reglas de evidencia, así que tener la ayuda de un/a abogado/a puede ser especialmente útil.
En la mayoría de los estados, evidencia puede incluir:
- el testimonio de usted o sus testigos en la corte;
- reportes médicos de sus heridas debido al maltrato;
- reportes policiales;
- fotos de los daños que haya sufrido;
- objetos de la casa que la persona agresora haya roto o dañado;
- fotos de su casa en desorden después de un episodio de violencia doméstica;
- fotos de armas que la persona agresora haya usado para cometer el maltrato;
- grabaciones de llamadas que usted haya hecho al 911, las cuales pueden solicitarse por un requerimiento judicial;
- copias certificadas de los antecedentes criminales relevantes de la persona agresora;
- un registro, diario o calendario donde haya documentado el maltrato según fue ocurriendo; y
- cualquier otra cosa que ayude a probar el maltrato y que sea permitido según las reglas de evidencia de su estado.
Generalmente, mientras más evidencia tenga, mejor. Sin embargo, la evidencia debe estar directamente relacionada al asunto que el/la juez/a está considerando. Por ejemplo, si usted está solicitando una orden de restricción, es probable que la evidencia de que la persona agresora le está siendo infiel no sea relevante para probar que le maltrató. Una buena regla general es tener siempre presente lo que tiene que probar según la ley, y después recordar que su evidencia solo tiene que convencer a el/la juez/a de que es “más probable” que la persona agresora haya hecho lo que usted alega. También recuerde que aunque no tenga documentos ni testigos, su testimonio es evidencia. No se desanime de continuar su caso si la “única” evidencia que tiene es su testimonio.
¿Quién puede ser testigo? ¿Cómo contacto a un testigo potencial antes de la audiencia?
Cualquier persona puede ser testigo – un/a amigo/a, familiar, enfermero/a de la sala de emergencia, un/a médico/a, un/a extraño/a que vio el abuso o escuchó cuando el abuso ocurrió, un/a oficial de la ley, etc. Si su testigo es un/a menor, la corte puede limitar lo que el/la menor puede testificar o tener ciertas reglas o procedimientos que usted debe seguir. Por ejemplo, es posible que usted tenga que decirle a el/la juez/a sobre lo que el/la menor estaría testificando y por qué el/la menor es la única persona que puede proveer esa información. El/la juez/a también puede requerir que el/la menor testifique en su despacho (“en cámara”) sin que las partes estén presentes.
Puede que algunos/as testigos no acudan a la corte a menos que reciban un requerimiento judicial (“subpoena”) que les ordene a comparecer y testificar. Usualmente, el/la secretario/a de la corte tiene los formularios del requerimiento judicial que usted puede llenar y es posible que el requerimiento judicial tenga que ser firmado por el/la juez/a o por otro personal de la corte. Puede ser que haya reglas específicas en su estado sobre cómo le debe hacer la notificación del requerimiento judicial a los/as testigos y cuántos días antes de la audiencia deben ser notificados/as. Asegúrese de preguntarle a el/la oficial de la corte sobre el proceso de orden de comparecencia de testigos. En algunos estados, la comisaría del sheriff hará la notificación del requerimiento judicial. En otros estados, es posible que tenga que conseguir a una persona mayor de 18 años o un/a emplazador/a para que lo haga. Puede preguntarle a el/la oficial de la corte sobre cómo entregar la orden de comparecencia.
Déjele saber a el/la juez/a si las personas a las que usted le entregó el requerimiento judicial no se presentan a la audiencia. El/la juez/a puede castigarlas por no haberse presentado o aplazar la audiencia hasta que se presenten.
¿Cómo puedo prepararme para testificar?
Es importante que practique cómo va a contar su historia. Aunque usted vivió el maltrato, es posible que nunca haya tenido que sentarse y hablar de todos los incidentes de una manera organizada y clara. Puede que sea buena idea practicar en frente de otra persona o en frente del espejo, para que esté menos nerviosa cuando cuente su historia a el/la juez/a en la corte. Además, cuando empiece a contar su historia de violencia, muchas veces recordará nuevos detalles que pueden ser importante para su caso.
Cuente su historia en sus propias palabras y trate de hablar claramente. Por ejemplo, en un caso para una orden de restricción, trate de concentrarse en los detalles relevantes de los incidentes de violencia, amenazas, o cualquier comportamiento de acoso que usted describió en su petición. Cuando describa un incidente en el que la persona agresora le haya golpeado, por ejemplo, dígale a el/la juez/a cómo le golpearon, en qué partes de su cuerpo le golpearon, cuántas veces, el tipo de dolor o daño que sufrió, si usó un arma o un objeto, etc. Si describe amenazas, no parafrasee la amenaza por decir, “El/ella amenazó con matarme”. Intente recordar exactamente lo que le dijo y dé detalles, como ”Amenazó con degollarme y tirarme al río”. A menudo, los detalles hacen que el testimonio sea más creíble para los/as jueces/zas.
También es posible que quiera practicar en qué momento de su testimonio presentaría cada pieza de evidencia, como capturas de pantalla de mensajes de texto o fotos de daños sufridos. Con suerte, esto puede disminuir a posibilidad de que se le olvide ofrecerle la evidencia a el/la juez/a mientras está testificando. Esté preparado/a para decirle a el/la juez/a qué evidencia está presentando, cómo la consiguió y por qué le está pidiendo que la vea. Puede encontrar más información sobre como entrar evidencia durante la audiencia en ¿Hay algún otro proceso para admitir evidencia que no sea el testimonio?
Puede que quiera hacer un resumen o anotaciones del historial de violencia para que lo tenga cuando vaya a la corte. Dependiendo de las reglas de evidencia de su estado, aunque usted no pueda leer las anotaciones durante su testimonio, sí es posible que pueda consultarlas mientras testifica para refrescar su memoria. Antes de llevar sus anotaciones con usted al estrado, asegúrese de preguntarle a el/la juez/a si puede llevar sus anotaciones con usted en caso de que tenga que recordar alguna fecha o detalle. Sin embargo, esté preparado/a para testificar sin sus anotaciones si el/la juez/a le dice “No”.
Se va a decidir la custodia en mi caso
¿Cuál es la mejor manera de preparar mejor mi caso de custodia?
En cada estado, hay ciertos factores que un/a juez/a debe tener en cuenta al decidir la custodia con el fin de determinar qué tipo de régimen de custodia es en el mejor interés del niño/a. Para saber cuáles son las “mejores factores de interés” en su estado, usted puede ir a la página de Custodia de WomensLaw.org, escriba su estado en el menú desplegable y busque la pregunta “Cómo tomará el juez una decisión sobre la custodia?” Es posible que desee preparar tantas pruebas como sea posible que abordan los factores que el/la juez/a en su estado considera. Es decir, su propio testimonio, el testimonio de testigos, pruebas documentales, etc. Además, en muchos estados, el/la juez/a puede nombrar a un/a evaluador/a de custodia para entrevistar a las partes.