Tengo una orden de protección de emergencia (ex parte) o preliminar en contra del agresor. ¿Se le puede quitar el arma?
Bajo las leyes de Virginia, es ilegal comprar o llevar un arma de fuego si hay una orden de protección preliminar o de emergencia otorgada en contra de él/ella por maltrato familiar o un acto de violencia, fuerza o amenaza. Sin embargo, las leyes de Virginia no le prohíben a un/a agresor/a que tiene una orden de protección de emergencia o preliminar en su contra por maltrato familiar o un acto de violencia, fuerza o amenaza que posea ni que siga siendo dueño/a de un arma de fuego.1
Además, alguien con una orden de protección preliminar o de emergencia en su contra no es elegible para obtener un permiso para llevar una pistola oculta (“concealed handgun”)2 y, si ya tiene permiso, tiene que entregarlo al tribunal que emitió la orden mientras la orden esté en vigor.1 Pero, puede tener el arma de fuego por 24 horas después de ser notificado/a de la orden sólo para venderla o transferirla.3
1 Va. Code § 18.2-308.1:4(A)
2 Va. Code § 18.2-308.09(5)
3 Va. Code § 18.2-308.1:4(B)