Information about child support in D.C.
- ¿Qué es la manutención de menores?
- ¿Quién puede solicitar la manutención de menores?
- ¿Cómo solicito la manutención de menores?
- ¿Es retroactiva la manutención de menores en D.C.?
- ¿Cómo puedo conseguir manutención de menores si no sé dónde está el otro padre?
- ¿Cómo un juez decidirá la cantidad de la manutención de menores? ¿Cuánta manutención de menores puedo recibir?
- ¿Cómo se paga la manutención ordenada por la corte?
- ¿Qué puedo hacer si el otro padre no está pagando la manutención de menores que se ordenó?
- ¿Se puede modificar una orden de manutención de menores?
¿Qué es la manutención de menores?
La manutención de menores la paga uno de los padres a el/la otro/a padre/madre o persona que está cuidando de un/a menor.1 Una orden de manutención de menores puede incluir una orden para apoyo financiero pero también puede incluir otras ayudas como pagar los gastos médicos o proveer el seguro médico de el/la menor.2
1 D.C. Code § 16–916
2 D.C. Code § 46-205(5), (6)
¿Quién puede solicitar la manutención de menores?
Usted puede solicitar la manutención de menores si el/la menor vive con usted la mayoría del tiempo. Ambos padres tienen la obligación legal de mantener a su hijo/a.1 Si usted comparte la custodia con el/la otro/a padre/madre, aún puede solicitar la manutención de menores. Si usted y el/la otro/a padre/madre tienen a el/la menor bajo su cuidado la misma cantidad de tiempo, un/a juez/a puede dar una orden de manutención de menores. En algunas situaciones de custodia física compartida, es posible que el/la padre/madre que gane más dinero tenga que pagarle manutención de menores a el/la otro/a padre/madre.2
1 D.C. Code § 16–901(8); Sitio web de la División de Servicios de Manutención de Menores de D.C. (solamente disponible en inglés)
2 D.C. Code § 16-916.01(q)(1), (q)(2)
¿Cómo solicito la manutención de menores?
Puede presentar una “Petición para Establecer la Paternidad y/o para Manutención de Menores” en el Centro de Admisión Central del Tribunal Superior del Distrito de Columbia.1 También tiene la opción de pedir que la División de Servicios de Manutención de Menores le ayude a comenzar su caso. La División de Servicios de Manutención de Menores puede ayudar en un caso de manutención de menores de las siguientes maneras:
- estableciendo la paternidad;
- presentando la petición para una orden de manutención de menores; y,
- cobrando el pago de la manutención de menores.2
Puede comenzar a llenar una solicitud visitando el sitio web de la División de Servicios de Manutención de Menores.
1 Sitio web de los Tribunales del D.C.
2 Sitio web de la División de Servicios de Manutención de Menores del D.C.
¿Es retroactiva la manutención de menores en D.C.?
Cuando usted solicita manutención de menores, el/la oficial judicial puede ordenar manutención de menores retroactiva para cubrir los 24 meses antes de usted haber presentado la petición. El/la juez/a puede ordenar manutención retroactiva por un periodo de tiempo más largo si el/la padre/madre que debe la manutención actuó “de mala fe” o si hay otras circunstancias extraordinarias.1
1 D.C. Code § 16–916.01(v)(1)
¿Cómo puedo conseguir manutención de menores si no sé dónde está el otro padre?
Si usted no sabe dónde se encuentra el/la otro/a padre/madre que debe estar pagando la manutención, la División de Servicios de Manutención de Menores de la Oficina de el/la Fiscal General (CSSD por sus siglas en inglés) usará varios métodos para tratar de encontrar a esa persona. CSSD tiene el derecho de buscar a los padres usando recursos, tales como:
- registros del Departamento de Vehículos de Motor;
- registros de impuestos;
- registros de empleo; and
- registros de beneficios públicos.1
Si un/a padre/madre que sea responsable de pagar manutención no puede ser localizado/a en el Distrito de Columbia la División de Servicios de Manutención de Menores usará otros recursos, incluyendo el Servicio Federal de Localización de Padres2, para tratar de encontrar a la persona y proceder con el caso de manutención de menores.1
1 sitio web de la División de Servicios de Manutención de Menores de D.C.
2 D.C. Code § 46-224.02
¿Cómo un juez decidirá la cantidad de la manutención de menores? ¿Cuánta manutención de menores puedo recibir?
Los pagos de manutención de menores son calculados según las Guías de Manutención de Menores del Distrito de Columbia , disponibles en el sitio web de la División de Servicios de Manutención de Menores del D.C. La ley incluye ciertos factores que un/a juez/a debe considerar en los cálculos, incluyendo:
- el ingreso bruto de ambos padres;
- la cantidad de cualquier manutención de menores ordenada por la corte pagada por cualquiera de los padres para otro/a menor;
- el costo del seguro médico y los gastos médicos extraordinarios de el/la menor;
- el costo de los gastos razonables por el servicio de cuido de el/la menor;
- la cantidad de hijos/as en el caso de manutención de menores;
- la cantidad de otros/as hijos/as biológicos/as o adoptados/as que estén viviendo en la casa de cada padre/madre; y
- la cantidad de tiempo que el/la menor pasa con cada padre/madre.1
Un/a juez/a también debe considerar la habilidad de un/a padre/madre para proveer su propio apoyo financiero. Si un/a padre/madre con un deber legal de pagar manutención no tiene suficiente ingreso para mantenerse a sí mismo/a, entonces el/la juez/a decidirá cuál es la cantidad razonable de manutención de menores que ese/a padre/madre puede pagar.2 El/la juez/a asumirá que el/la padre/madre con el ingreso limitado puede pagar $75 mensuales de manutención de menores, pero esa cantidad puede cambiar si uno de los padres convence a el/la juez/a de lo contrario.3
Para más información sobre cómo hacer cumplir su orden de manutención de menores una vez que la tenga, puede ir al sitio web de la División de Servicios de Manutención de Menores del D.C.
1 D.C. Code § 16–916.01
2 D.C. Code § 16–916.01(g)(2)
3 D.C. Code § 16–916.01(g)(3)(A)
¿Cómo se paga la manutención ordenada por la corte?
Generalmente, cuando el/la padre/madre que tiene que pagar la manutención de menores trabaja, la corte ordenará que saquen la manutención de su cheque. Esto se llama “retención de salario”, también conocida como retención de ingresos1. Aunque la retención de salario no sea posible o aun no haya comenzado, el/la padre/madre sigue siendo responsable de hacer los pagos. Puede hacer los pagos:
- enviando un cheque o giro postal por correo;
- usando una tarjeta de crédito en línea o por teléfono; o
- llevando el dinero en efectivo a una de las tiendas que participan del proyecto “Pay Near Me” del Centro de Información de Manutención de Menores de DC.2
Si le deben manutención de menores, puede tener acceso a los fondos a través del Centro de Información de Manutención de Menores de DC o pedir que se los envíen.3 Si necesita más información sobre cómo se hacen los pagos o cómo conseguir el dinero, puede visitar el sitio web de la División de Servicios de Manutención de Menores de D.C..
1 D.C. Code § 46-207
2 sitio web de la División de Servicios de Manutención de Menores de D.C.
3 sitio web de los Tribunales de D.C.
¿Qué puedo hacer si el otro padre no está pagando la manutención de menores que se ordenó?
Si el/la otro/a padre/madre viola la orden, usted o la División de Servicios de Manutención de Menores puede presentar una moción de desacato civil por violar una orden de manutención de menores en la corte. Cuando el/la padre/madre no custodio no cumple las instrucciones de la orden judicial, la corte puede ordenarle que las cumpla. El/la otro/a padre/madre puede ser acusado/a de desacato civil si hay una orden de manutención de menores vigente y usted no ha recibido un pago voluntario de manutención de menores dentro de 60 días. Los pagos voluntarios son pagos hechos por el/la padre/madre no custodio o su empleador/a.
Como parte de un desacato civil, la corte puede ordenar que el/la padre/madre no custodio:
- haga un pago único;
- haga pagos programados; o
- sea encarcelado/a.1
Por otro lado, su caso podría ser elegible para desacato criminal si:
- el/la padre/madre no custodio desobedece la orden judicial intencionalmente;
- las demás acciones administrativas de cumplimiento no son exitosas;
- el/ella no ha hecho pagos voluntarios de manutención significativos dentro de tres meses antes de la fecha del referido para el desacato criminal; y
- se entiende de buena fe que él/ella puede pagar la manutención de menores.1
Como parte del desacato criminal, la corte podría ordenar cualquiera de las siguientes cuando una de las partes ha desobedecido una orden de manutención intencionalmente:
- un máximo de 180 dias de cárcel;
- participar en un programa de rehabilitación;
- aceptar un trabajo adecuado y disponible o participar de actividades de búsqueda y ubicación en un trabajo;
- libertad condicional; o
- cualquier otra acción que el/la juez/a decida.2
1 sitio web de la División de Servicios de Manutención de Menores de D.C.
2 D.C. Code § 46-225.02
¿Se puede modificar una orden de manutención de menores?
Si su caso está siendo manejado por la División de Servicios de Manutención de Menores, cada tres años cualquiera de los padres puede pedir que la División programe una audiencia para revisar y modificar la orden de manutención de menores. Ambos padres deberán presentar evidencia de su ingreso actual, gastos de cuido de el/la menor, gastos médicos y costos de seguros. La División de Servicios de Manutención de Menores calculará la cantidad de manutención según las guías. Si la cantidad es diferente a la de la orden original por 15% o más, la División o cualquiera de los padres puede presentar una moción para modificar la orden de manutención de menores.1
Un/a padre/madre también tiene la opción de presentar una moción para modificar la orden de manutención de menores en cualquier momento que haya un cambio sustancial y material de las circunstancias. Esta moción se puede presentar aunque no hayan pasado tres años. Un cambio en las circunstancias puede incluir cosas como un cambio en la habilidad de un/a padre/madre para pagar la manutención o que las necesidades económicas de el/la menor hayan cambiado.2
1 D.C. Code § 16–916.01(r)(2); sitio web de la División de Servicios de Manutención de Menores del D.C.
2 D.C. Code § 16–916.01(r)(8); sitio web de la División de Servicios de Manutención de Menores del D.C.