¿Cómo el juez tomará una decisión sobre la custodia?
Al tomar una decisión de custodia o visitación, el/la juez/a considerará todos los factores relevantes al mejor interés de el/la menor. Estos factores incluyen:
- los deseos de el/la padre/madre o los padres de el/la menor, según aparecen en cualquier plan de crianza sugerido o cualquier propuesta de custodia legal o ubicación física sometida a la corte;
- los deseos de el/la menor, que pueden ser comunicados por el/la menor o a través de el/la guardián/a ad litem de el/la menor o cualquier otro/a profesional adecuado;
- la interacción y relación que el/la menor tiene con su padre/madre o padres, hermanos/as, y cualquier otra persona que afecte significativamente el mejor interés de el/la menor;
- la cantidad y calidad de tiempo que cada uno de los padres ha pasado con el/la menor en el pasado;
- cualquier cambio de estilo de vida necesario que un/a padre/madre propone hacer para poder pasar tiempo con el/la menor en el futuro;
- la adaptación de el/la menor a la casa, escuela, religión y comunidad;
- la edad de el/la menor y sus necesidades educativas y de desarrollo en distintas edades;
- si la salud mental o física de cualquier persona que esté viviendo con una de las partes que está pidiendo la custodia/visitación afecta negativamente el bienestar intelectual, físico o emocional de el/la menor;
- la habilidad de una de las partes para proveer previsibilidad y estabilidad para el/la menor;
- la disponibilidad de los servicios de cuido de menores;
- la cooperación y comunicación entre las partes y si alguna de las partes se niega injustificadamente a cooperar o comunicarse con la otra parte;
- si cada una de las partes puede apoyar la relación de la otra parte con el/la menor, incluyendo alentar y facilitar el contacto frecuente y continuo con el/la menor, o si es probable que una de las partes interfiera injustificadamente con la relación continua de el/la menor con la otra parte;
- si hay evidencia de que una de las partes se involucró en maltrato o maltrato de menores;
- si cualquiera de las siguientes personas tiene un expediente criminal y si hay evidencia de que cualquiera de las siguientes se ha involucrado en maltrato de menores o negligencia, de el/la menor o de cualquier otro/a menor:
- una persona con quien uno de los padres de el/la menor ha tenido una relación de pareja;
- una persona que vive, ha vivido o vivirá con la parte; o,
- si hay evidencia de agresión física entre esposos/as o maltrato doméstico;
- si cualquiera de las partes tiene o ha tenido un problema serio de abuso de alcohol o drogas; y,
- los informes de profesionales adecuados si son admitidos como evidencia u otros factores que el/la juez/a decida que sean importantes.1
1 Wis. Stat. § 767.41(5)(am)