¿Cómo se establece la paternidad en Carolina del Sur?
Según la ley de Carolina del Sur, la paternidad puede establecerse por medio de:
- Pruebas de ADN – Esta prueba la puede solicitar el/la menor, su madre biológica, la persona que está a cargo de su cuidado, alguien que crea ser el padre o una agencia autorizada.1
- Reconocimiento Voluntario de Paternidad – Una declaración jurada de reconocimiento de paternidad se puede firmar frente a el/la notario/a del hospital cuando nace el/la bebé o después en cualquier oficina regional del Registro Civil o la oficina estatal del Registro Civil del Departamento de Salud y Control Ambiental de Carolina del Sur.2
Una vez que se establezca la paternidad, la corte ordenará que se actualice el certificado de nacimiento para que incluya en nombre del padre y establecerá una orden de manutención de menores.3
1 S.C. Code § 63-17-10(C)
2 Formulario de Reconocimiento Voluntario de Paternidad
3 S.C. Code § 63-17-70
¿Qué tipos de visitación supervisada puede ordenar el juez?
Basado en su petición (moción) o en la propia decisión de el/la juez/a, el/la juez/a puede prohibir o limitar la visitación, de ser necesario, para garantizar la seguridad de el/la menor o el/la padre/madre que es víctima de violencia doméstica.1 El/la juez/a puede ordenar cualquiera de los siguientes tipos de visitación supervisada:
- que el intercambio de el/la menor entre los padres se haga en un ambiente protegido;
- que la visitación sea supervisada por una agencia y el/la padre/madre que sea el/la “agresor/a primario/a” pague los costos; o
- que la visitación sea supervisada por otra persona. Sin embargo, si es un miembro del hogar, el/la juez/a debe establecer las condiciones que deberán seguirse durante la visitación.2
1 S.C. Code § 63-15-50(D)
2 S.C. Code § 63-15-50(B), (C)




