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Información Legal: California

California: Leyes de vivienda

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Leyes actualizadas al 1 de abril de 2025

¿Qué leyes de vivienda pueden protegerme si necesito terminar mi contrato de arrendamiento?

En California hay una ley de vivienda que le permite a usted, la persona inquilina, terminar su contrato de alquiler antes de la fecha de expiración si usted o un miembro de su hogar o familia inmediata es víctima de “maltrato o violencia”, lo cual incluye cualquiera de los siguientes crímenes:

No se considerará que ha violado (incumplido) con el contrato de arrendamiento si lo termina adecuadamente bajo esta ley.2

Nota: Si usted ha sido víctima de uno de estos delitos y no está pidiendo terminar su contrato de arrendamiento, todavía puede haber razones por las que un/a propietario/a puede terminar su arrendamiento. Para leer lo que dice la ley de cuándo el/la propietario puede terminar el arrendamiento de la víctima (en inglés), vaya a nuestra página Estatutos seleccionados de California. Si tiene alguna pregunta sobre sus derechos de vivienda, puede obtener información sobre leyes anti-discriminatorias conocidas como Ley de Vivienda Justa (Fair Housing Act) en el sitio web de la División de Derechos Civiles e información básica sobre los derechos de las personas arrendatarias, así como contactos para obtener asistencia legal en sitio web del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos. (Sin embargo, la información es estos enlaces solo está disponible en inglés).

1 Cal.Civ.Code § 1946.7(a)
2 Cal.Civ.Code § 1946.7(f)

¿Cómo define la ley "familiar inmediato" y "miembro del hogar"?

Si usted es la persona arrendataria, se define un/a “familiar inmediato” como su padre/madre, padrastro/madrastra, cónyuge, hijo/a, hijastro/a, hermano/a o cualquier persona que viva en su hogar y tenga una relación con usted que es sustancialmente parecida a la de un/a familiar. Se define a “miembro del hogar” como un/a familiar que vive con usted en la misma casa.1

1 Cal.Civ.Code § 1946.7(h)(1), (h)(3)

¿Qué documentos o pruebas debo darle al propietario para terminar mi contrato de arrendamiento?

Si usted, un miembro de su hogar o de su familia inmediata es víctima de uno de los crímenes que califican, debe hacer lo siguiente:

  1. Debe tener alguno de los siguientes documentos expedido dentro de los últimos 180 días:
    • una orden temporal de restricción contra la violencia doméstica, una orden de protección de emergencia o una orden de protección del tribunal protegiéndole a usted, a un miembro de su hogar o de su familia inmediata de uno de los delitos que califican;
    • una copia de un reporte escrito por un/a oficial de la policía declarado que usted, un miembro de su hogar o de su familia inmediata ha presentado un reporte por uno de los delitos que califican;
    • documentación escrita en papel con membrete de una tercera parte calificada, como un/a consejero/a, trabajador/a social, psicólogo/a, doctor/a, etc. basada en informacion que haya recibido mientras actuaba en su capacidad profesional, que diga que usted, un miembro de su hogar o de su familia inmediata está buscando ayuda para los daños físicos o mentales o para el maltrato que haya resultado de uno de los delitos que califican. Puede encontrar el formulario para la “declaración de una tercera parte calificada” en la sección (b)(3)(B) de la ley; o
    • cualquier otro formulario o documentación que razonablemente verifique que en efecto ocurrió uno de los crímenes que le califican; y
  2. Debe darle una notificación por escrito a la persona propietaria informándole que va a terminar su contrato de arrendamiento a causa de uno de los delitos que califican, junto con una copia de la documentación que se describe arriba. Debe entregarle estos documentos a la persona propietaria dentro de 180 días de haber recibido su orden de restricción temporal, de protección de emergencia o de protección, o dentro de los 180 días de haber reportado el crimen.1

Si el/la miembro de su familia inmediata fue víctima de un crimen, pero no vivía con usted cuando ocurrió el incidente y ninguna parte del delito sucedió en su hogar o a 1,000 pies de éste, necesitará presentar documentos adicionales para poder terminar su contrato de arrendamiento. Puede ver más información en la sección (c) de la ley.2

Nota: Si tiene usted un contrato de alquiler de mes-a-mes, puede entregar la notificación dentro del periodo normal para terminar un alquiler mensual, el cual requiere una notificación por escrito 30 días antes.3 En este caso, es posible que prefiera no informarle a la persona propietaria de su estatus de víctima y simplemente terminar su alquiler siguiendo el tiempo establecido por ley. Para obtener ayuda legal para determinar si va a terminar su contrato de alquiler basándose en esta ley, es posible que prefiera hablar con un/a abogado/a. Vaya a nuestra página Encontrando a un abogado en California para referidos legales.

1 Cal.Civ.Code § 1946.7(a), (b), (d)
2 Cal.Civ.Code § 1946.7(c)
3 Cal.Civ.Code § 1946