¿Cuál es la definición de delito menor de violencia doméstica?
En estas páginas sobre legislación de armas de fuego, nos referiremos al hecho de que es ilegal para una persona que haya sido condenada por un “delito menor de violencia doméstica”, tener un arma de fuego. Un delito menor es definido de forma distinta en cada estado, pero básicamente es un crimen con un castigo más corto que un delito grave. En general, un delito menor podría ser un “delito menor de violencia doméstica” si:
1. el/la agresor/a es o fue un miembro de la familia o del grupo familiar, lo que incluye:
- su actual o ex esposo/a;
- su padre/madre o tutor/a;
- una persona con quien usted tiene un hijo/a en común;
- una persona que es como un esposo/a, padre/madre o tutor/a para usted; o
- una persona con la que tiene una relación de pareja actualmente o tuvo una recientemente; y
2. que él/ella fue acusado/a de un delito menor debido a que el delito involucró:
- el uso o intento de uso de violencia física o “fuerza”; o
- la amenaza de uso de un arma mortal.1
Nota: La palabra “fuerza” en la lista anterior no necesariamente significa fuerza violenta. El “contacto ofensivo”, del tipo que muchos crímenes de agresión física involucran, se considera fuerza.2
El delito no tiene que mencionar específicamente “violencia doméstica” para que se considere un delito menor de violencia doméstica, y para que apliquen las leyes sobre armas de fuego federales.3 La relación que la víctima tiene con el/la ofensor/a puede ser lo que determina si el delito menor es o no un “delito menor de violencia doméstica”. Por ejemplo: Si Bob es condenado por un delito menor de agresión contra su esposa, probablemente sea ilegal para él comprar o tener un arma. Si Bob es condenado por un delito menor de agresión contra su vecino, es posible que todavía pueda comprar o tener una pistola.
Para obtener sugerencias sobre cómo averiguar si el/la agresor/a fue condenado/a por un delito menor de violencia doméstica, vaya a ¿Cómo puedo averiguar si el agresor ha sido condenado por un delito? Para mayor información, o si tiene alguna duda, puede contactar al Centro Nacional para Orden de Entera Fe y Crédito de las Órdenes de Protección (National Center on Protection Orders and Full Faith & Credit) al 1-800-903-0111 ext. 2.
1 18 USC § 921(a)(33)(A); vea Buster v. United States, 447 F.3d 1130 (8th Cir. 2006) (para una discusión acerca de la definición de “como esposo/a”)
2 Vea United States v. Castleman, 134 S. Ct. 1405, 188 L. Ed. 2d 426 (2014)
3 Vea United States v. Hayes, 555 U.S. 415, 129 S.Ct. 1079 (2009)