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Maryland: Custodia

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Leyes actualizadas al 19 de agosto de 2024

¿Qué es la custodia?

La custodia es por lo general el cuidado físico y la supervisión de un/a menor menos de 18 años y la responsabilidad legal por las necesidades a largo plazo de dicho/a menor.  Cuando la corte emite una orden de custodia, establecerá estas dos partes de la custodia:

La custodia física es el cuidado físico y la supervisión de un/a menor.  En otras palabras, establece con quién vivirá el/la menor en su día a día y quién tomará las decisiones que surjan durante ese tiempo.1

La custodia legal establece cuál de los padres tiene el derecho de hacer planes y tomar decisiones a largo plazo respecto a la educación, preparación religiosa, disciplina, cuidado médico que no sea de emergencia y otros asuntos de gran importancia para el bienestar de el/la menor.2

1 Md. Code, Fam. Law § 9.5-101; Taylor v. Taylor, 508 A.2d 964, 967 (Md. 1986)
2 The People’s Law Library of Maryland; Taylor v. Taylor, 508 A.2d 964, 967 (Md. 1986)

¿Cuáles son los distintos tipos de arreglos de custodia que se pueden establecer?

Según la Biblioteca de la Ley del Pueblo de Maryland (The People’s Law Library of Maryland), existen las siguientes formas de custodia en Maryland:

La custodia exclusiva es cuando tanto la custodia legal como la física se le otorgan a uno solo de los padres.  El/la menor tiene solo una residencia primaria.

La custodia dividida se describe más fácilmente en una situación en que hay dos menores y cada padre/madre obtiene la custodia absoluta de uno de los/as menores.  Algunas de las consideraciones que pueden causar este tipo de arreglo de custodia son la edad de el/la menor y la preferencia de cada menor.

De hecho, la custodia compartida se divide en tres categorías:

  • La custodia legal compartida es cuando el padre y la madre comparten el cuidado y el control de la crianza de el/la menor, pero éste/a tiene sólo una residencia primaria;
  • En la custodia física compartida, el/la menor tiene dos residencias y pasa al menos 35% de su tiempo con uno de los padres y el resto del tiempo con el/la otro/a;
  • Además, las personas pueden hacer su propio acuerdo de custodia compartida que resulte en cualquier combinación de custodia física compartida y custodia legal compartida.  Un ejemplo es cuando el/la menor está en una residencia y sus padres se rotan el vivir ahí con él/ella.1

Nota:  En Maryland, los/as jueces/zas que deciden la custodia no dan prioridad automática ni a la madre ni al padre.2

1 Vea el sitio web de The People’s Law Library of Maryland
2 Md. Code, Fam. Law § 5-203(d)(2)

¿Qué es el derecho de visitas?

El derecho de visitas usualmente incluye visitas por un tiempo determinado con el/la menor que pueden ser supervisadas o sin supervisar.  La visita supervisada es cuando el/la padre/madre sólo puede visitar a el/la menor en compañía de otra persona.  La visita supervisada a menudo implica una restricción en la visita a un lugar y una hora en particular.  El derecho de visita no establece una responsabilidad de tomar decisiones o del cuidado a largo plazo de el/la menor.  El/la padre/madre que no tiene la custodia, a menudo tiene algún tipo de derecho de visita.1 Las guías del derecho de visita están usualmente incluidas en la orden oficial de custodia emitida por el/la juez/a.

1 Sitio web de The People’s Law Library of Maryland; Enciclopedia de Derecho de MD Law, Padres y Menores § 17
 

¿Debo empezar un caso judicial para pedir visitas supervisadas?

Si no se siente cómodo/a con que el/la agresor/a esté a solas con su hijo/a, podría pedirle a el/la juez/a que ordene que las visitas sean supervisadas.  Si ya tiene un caso judicial porque el/la agresor/a presentó una petición para visitas o custodia, puede que no tenga mucho que perder al pedirle que las visitas sean supervisadas si puede darle una razón válida para su petición aunque esto puede depender de su situación.

Pero, si no hay un caso judicial pendiente, por favor, consiga consejo legal antes de empezar un caso judicial para pedir visitas supervisadas.  Le recomendamos fuertemente que hable con un/a abogado/a que se especialice en asuntos de custodia para saber lo que tendría que probar para conseguir visitas supervisadas y por cuánto tiempo durarían las visitas supervisadas, según los hechos de su caso.

En la mayoría de los casos, las visitas supervisadas son solamente una medida temporal.  La orden exacta sobre las visitas será diferente dependiendo del estado, condado o juez/a.  Puede que el/la juez/a ordene que un/a profesional observe a el/la otro/a padre/madre durante una cierta cantidad de vistas o que un/a pariente supervise a las visitas por una cierta cantidad de tiempo.  Si no hay problemas obvios, es probable que la supervisión se termine.  Frecuentemente, al final de un caso, el/la otro/a padre/madre tiene visitas más frecuentes y/o más largas de las que tenía antes del caso o incluso alguna forma de custodia.

En algunos casos, para proteger a su hijo/a de daño inmediato por parte de el/la agresor/a, empezar un caso para pedir custodia y visitas supervisadas es apropiado.  Para saber lo que podría ser mejor en su situación, vaya a nuestra página de MD Encontrando a un Abogado para buscar un consejo legal.

¿Qué es la mediación? ¿Se ordena para las víctimas de abuso?

La mediación es un proceso donde ambos padres trabajan con una persona cualificada neutral (un/a mediador/a) que, sin ofrecer asesoramiento legal, ayuda a los padres a llegar a un acuerdo en cuanto a la custodia y/o visitas. Un/a mediador/a podría identificar asuntos y opciones, asistir a las partes o a sus abogados/as en cuanto a explorar lo que quieren/necesitan de una orden de custodia y, de ser solicitado, el/la mediador/a puede escribir los términos que las partes han acordado.1

Si un/a juez/a ordena la mediación, él/ella escogerá a el/la mediador/a. Sin embargo, las partes puede solicitar cambiar el/la mediador/a designado/a por la corte a otro/a mediador/a que tenga las calificaciones adecuadas. Pueden solicitarlo mediante la presentación de una “Solicitud para Sustituir a el//la Mediador/a” dentro de los 15 días luego de notificarse el referido a la mediación.2 El/la juez/a puede ordenar que los padres asistan hasta cuatro horas en una a dos sesiones de mediación. Si el/la mediador/a lo recomienda, el/la juez/a puede ordenar hasta cuatro horas adicionales si entiende que hay buena causa para hacerlo. Si las partes llegan a un acuerdo, pueden extender las horas de mediación.3

Si usted puede mostrar a la corte que usted o el/la menor han sido abusados/as or there is coercive control in your relationship, y que la mediación sería inapropiada debido a esto, puede que la corte no se ordene la mediación.4

1 MD Rule §§ 9-205; 17-102(g)
2 MD Rule § 9-205(d)
3 MD Rule § 9-205(h)
4 MD Rule § 9-205(b)(2)

¿Quién paga la mediación?

El/la juez/a puede decidir cómo se deben dividir los costos y honorarios entre los padres, y el/la juez/a puede ordenar que lo paguen los padres. Sin embargo, el/la juez/a podría eximirlos del pago totalmente, lo que quiere decir que ninguno pagaría.1

1 MD Rule § 9-205(l)(2)