¿Quién puede obtener una orden de restricción contra la agresión sexual?
Usted puede solicitar una orden de restricción contra la agresión sexual si una persona cometió o intentó cometer un acto de contacto sexual, de penetración sexual, lascivia no consentida, acecho o acoso cibernético en su contra y usted no tiene una relación íntima con la persona ofensora. Si la persona agresora es una pareja íntima anterior o actual, entonces usted solicitaría una orden de restricción en contra de la violencia doméstica. Para solicitar una orden de restricción contra la agresión sexual, no es necesario que tenga una relación específica con la persona agresora – puede ser un/a extraño/a, un/a compañero/a de trabajo, un/a conocido/a, etc.1
Un/a padre/madre o tutor/a puede solicitar una orden de restricción contra la agresión sexual a nombre de la víctima si ella es:
- una menor de edad;
- una persona adulta con una discapacidad del desarrollo; o
- una persona adulta con una condición mental por la que no puede entender la naturaleza de sus acciones.2
Sin embargo, si la persona agresora es menor de edad y no está emancipada, entonces usted presentaría una demanda bajo un proceso que tenga que ver con delincuencia juvenil - vea la sección 2A:4A-30 en nuestra página de Estatutos Seleccionados: Nueva Jersey para leer la ley.3
Si la persona agresora es el/la padre/madre, tutor/a o cualquier otra persona que tenga custodia y control de la víctima menor de edad, la ley requiere que usted reporte el abuso a la División de Protección y Permanencia de Menores del Departamento de Menores y Familia para investigación y posibles acciones legales.4
1 N.J. Stat. § 2C:14-14(a)(1)
2 N.J. Stat. § 2C:14-14(a)(2)
3 N.J. Stat. § 2C:14-14(b)(1)
4 N.J. Stat. § 2C:14-14(b)(2)
¿Puedo solicitar una orden de restricción contra la agresión sexual si soy un menor de edad?
Usted puede solicitar una orden de restricción contra la agresión sexual si una persona de 18 años o más cometió o intentó cometer un acto de contacto sexual no consentido, penetración sexual, lascivia, acecho o acoso cibernético en su contra y usted no califica para una orden de restricción contra la violencia doméstica.
Un/a padre/madre o tutor/a puede solicitar una orden de restricción contra la agresión sexual por usted si usted es menor de edad.2 Sin embargo, si la persona que está abusando de usted es su padre/madre, tutor/a u otra persona con custodia y control sobre usted, la ley requiere que usted o una persona que usted conozca reporte el abuso a la División de Protección y Permanencia de Menores del Departamento de Menores y Familias para investigación y posibles acciones legales.3
Si la persona que está abusando de usted también es menor de edad y no está emancipada, entonces usted presentaría una demanda bajo un proceso de delincuencia juvenil. Vea la sección 2A:4A-30 en nuestra página de Estatutos Seleccionados: Nueva Jersey para leer la ley.4
1 N.J. Stat. § 2C:14-14(a)(1)
2 N.J. Stat. § 2C:14-14(a)(2)
3 N.J. Stat. § 2C:14-14(b)(2)
4 N.J. Stat. § 2C:14-14(b)(1)
¿Puedo solicitar la orden en contra de un menor?
Si la persona que está cometiendo o intentando cometer un acto de contacto sexual, penetración sexual, lascivia no consentida, acecho o acoso cibernético en su contra es un/a menor que no se ha emancipado, la ley requiere que usted presente una demanda bajo un proceso de delincuencia juvenil – vea la sección 2A:4A-30 en nuestra página de Estatutos Seleccionados: Nueva Jersey para leer la ley.1
1 N.J. Stat. § 2C:14-14(b)(1)
¿Cuáles son los pasos para obtener una orden de restricción contra la agresión sexual?
Los pasos para obtener una orden de restricción contra la agresión sexual son similares a los pasos para obtener una orden de restricción contra la violencia doméstica, pero es posible que los formularios sean diferentes. Si tiene preguntas, puede llamar a el/la secretario/a de la corte o hablar con un/a abogado/a. Se puede encontrar la información de contacto para los tribunales locales en la página de NJ Tribunales y para abogados/as en la página de NJ Encontrando a un Abogado.
¿Qué sucede si el agresor viola la orden?
Si alguien violara intencionalmente o a sabiendas una orden de restricción contra la agresión sexual, estaría cometiendo el crimen de desacato y sería culpable de un “delito de personas desordenadas”. Si cuando violó la orden también cometió un crimen o un delito de persona desordenada, entonces puede ser culpable de un delito del cuarto grado.1
Usted puede llamar al 911 inmediatamente y es posible que la policía arreste a el/la agresor/a. Si la policía no tiene suficientes hechos para arrestar a el/la agresor/a, usted puede presentar una denuncia criminal en el tribunal municipal.2
1 NJSA §§ 2C:14-18(a); 2C:29-9(d)
2 NJSA § 2C:14-18(b)