Si creo que el otro padre puede secuestrar a mi hijo, ¿hay algo que pueda hacer?
Como parte de un caso de custodia, el/la juez puede ordenar que el/la otro/a padre/madre lleve a su hijo/a a la corte si el/la juez/a cree que el/la menor ha sido, o es probable que sea, llevado/a o sacado/a de Nevada, o que se le esconda dentro del estado. En ese momento, el/la juez/a puede poner ciertos requisitos que ayuden a asegurar que la orden de custodia sea cumplida por los padres.1
Si el/la otro/a padre/madre se queda con el/la menor en violación a la orden de custodia, usted puede solicitar una orden de la corte (“warrant”) para tener la custodia física de su hijo/a si usted piensa que existe la posibilidad que el/la menor sufra serios daños físicos o que sea sacado/a del estado por el/la otro/a padre/madre. Si el/la juez/a le otorga la orden y no ve otra alternativa, podría ordenar que la policía entre en la propiedad privada de el/la otro/a padre/madre y, de ser necesario, tomar a la fuerza la custodia física de el/la menor.2
El/la juez/a puede ordenar que el/la otro/a padre/madre entregue dinero a la corte (una fianza) si el/la juez/a entiende que hay un riesgo grave de que pueda intentar salir del país con su hijo/a y ese/a padre/madre:
- vive en otro país;
- es ciudadano/a de otro país;
- tiene un pasaporte de otro país;
- viaja frecuentemente a otro país; o
- se hizo/a ciudadano/a de los Estados Unidos después de casarse con usted.3
El/la juez/a establecerá el monto de la fianza, que no debe ser más de lo que costaría localizar a su hijo/a y devolverle a los Estados Unidos si le llevan a otro país.
Al igual que en todos los temas relacionados con la custodia, le recomendamos que hable con un/a abogado/a para que le ayude. Para encontrar un/a abogado/a o un programa de ayuda legal en su zona, por favor, visite la página NV Encontrando a un Abogado.
1 N.R.S. § 125C.0055(1)
2 N.R.S. § 125A.525
3 N.R.S. § 125C.0045(8)(b), (10)