¿Qué es la custodia y qué tipos de custodia hay?
La custodia es el cuidado físico de su hijo/a. Esto se refiere a tener la autoridad para cuidar de su hijo/a diariamente. En Puerto Rico, cualquier persona puede tener la custodia siempre y cuando sea en el mejor interés de el/la menor. Puede tenerla uno de los padres (custodia exclusiva), ambos padres (custodia compartida), un familiar u otra persona, incluso si los padres aún tienen la autoridad parental (patria potestad) de el/la menor.1
Custodia exclusiva
La custodia se le puede dar a uno de los padres bajo cualquiera de las siguientes condiciones:
- mientras el divorcio o la anulación del matrimonio está pendiente;
- después de la disolución o anulación del matrimonio; o
- cuando hay diferencias irreconciliables o consistentes entre el/la otro/a padre/madre y usted que no permiten la crianza razonable, responsable y efectiva de su hijo/a.2
Custodia compartida
La custodia compartida es la responsabilidad de ambos padres de participar en la crianza de el/la menor, incluyendo cumplir con sus deberes, pasar tiempo con el/la menor y proveerle el cuidado y la atención que se espera de un/a padre/madre responsable. La custodia compartida puede ser diferente para cada caso. Su hijo/a puede vivir con usted a tiempo completo y visitar a el/la otro/a padre/madre con frecuencia, o puede pasar algunas semanas o meses con usted y el resto con el/la otro/a padre/madre, por ejemplo.3
La política pública de Puerto Rico fomenta la custodia compartida. Esto significa que el/la juez/a tiene que considerar esta opción.4 Sin embargo, el factor más importante para decidir si la custodia compartida es la alternativa adecuada en su caso será el mejor interés de su hijo/a.1 Para más información, vea:
- ¿Cómo un juez tomará la decisión de custodia y autoridad parental (patria potestad)?
- ¿Puede un padre que cometió violencia tener autoridad parental (patria potestad), custodia o visitación?
- ¿Cuándo no se daría custodia compartida?
1 Vea el sitio web del Poder Judicial de Puerto Rico
2 31 L.P.R.A. § 7285
3 31 L.P.R.A. § 7281
4 31 L.P.R.A. § 7282
¿Qué es autoridad parental (patria potestad)?
La patria potestad, que se puede traducir libremente como autoridad parental, es el conjunto de derechos y deberes que los padres tienen sobre sus hijos/as y los bienes de sus hijos/as mientras sean menores de edad.1 Usted tiene los siguientes derechos y responsabilidades como parte de su autoridad parental:
- velar por sus hijos/as y tenerlos/as cerca de usted;
- alimentarles y proveerles lo que necesitan para su desarrollo y educación integral;
- inculcarles buenos hábitos y valores en relación con ellos/as mismos/as y con las demás personas;
- disciplinarles de manera razonable y apropiada para su edad y madurez; y
- representarles en cualquier acción que pueda beneficiarles o en la que sean la parte demandada.2
1 31 L.P.R.A. § 7241
2 31 L.P.R.A. § 7242
¿Qué es la visitación (relaciones filiales) y cómo se decide?
El/la padre/madre que no tiene la custodia tiene derecho a comunicarse, visitar y estar a su hijo/a. Si usted y el/la otro/a padre/madre no pueden ponerse de acuerdo en un horario de visitas, el/la juez/a decidirá cómo funcionará la visitación y con qué frecuencia se llevará a cabo. Si la salud física o emocional de su hijo/a está en riesgo si se autoriza la visitación (relaciones filiales), puede pedirle a el/la juez/a que limite o suspenda las visitas.1
1 31 L.P.R.A. § 7331




