¿Cuál es la definición legal de acecho?
Acecho significa un patrón de conducta (dos o más incidentes) que se ejerce vigilancia sobre determinada persona con el propósito intencional de intimidar a él/ella o a miembros de su familia. Puede incluir conducta como:
- se envían comunicaciones verbales o escritas no deseadas a una determinada persona;
- se realizan amenazas escritas, verbales o implícitas a determinada persona;
- se efectúan actos de vandalismo dirigidos a determinada persona;
- se hostiga repetidamente mediante palabras, gestos o acciones dirigidas a intimidar, amenazar, o perseguir a la víctima o a miembros de su familia.1 Nota: Para este propósito, la “familia” significa alguien relacionada a usted como:
- cónyuge, hijo/a, padre, madre, abuelo/a, nieto/a, hermano/a, tío/a, sobrino/a, primo/a; u otro pariente por consanguinidad o afinidad que forme parte del núcleo familiar;
- persona que viva o que haya vivido previamente con usted en una relación de pareja, o que haya tenido alguna relación de cortejo o noviazgo; o
- persona que resida o haya residido en la misma vivienda que usted por lo menos seis meses antes de que se manifestaren los actos constitutivos de acecho.2
1 33 L.P.R.A. § 4013(a),(b)
2 33 L.P.R.A. § 4013(c)