¿Qué tipo de órdenes de protección a favor de un menor existen? ¿Por cuánto tiempo duran?
Orden de protección ex parte
Una orden ex parte significa que se otorga la orden sin avisarle por adelantado a la otra parte. El tribunal puede otorgar una orden provisional ex parte si determina que:
- a pesar de tratar de notificarle a el/la agresor/a de manera diligente, no ha sido posible;
- es posible que notificarle a el/la agresor/a causará el daño que se intenta prevenir con la orden de protección; o
- la persona que presenta la petición demuestra que existe una gran probabilidad de riesgo inmediato de maltrato.1
Si el tribunal otorga esta orden, le notificará inmediatamente a el/la agresor/a y le dará la oportunidad de que se defienda y se oponga a la orden. Para esto, se programará una vista dentro de los próximos cinco días después de otorgarse la orden ex parte. Luego de la audiencia, el tribunal decidirá si extiende la orden o si la deja sin efecto.1
Orden de protección
Esta orden está diseñada para proteger a un/a niño/a de abuso o negligencia de una manera más permanente que la orden ex parte. Una orden de protección puede darse después de una audiencia en el tribunal frente a un/a juez/a, en la cual ambas partes tienen la oportunidad de presentar su versión de lo ocurrido. El/la juez/a deberá incluir en la orden:
- una lista de protecciones y por cuánto tiempo es válida la orden;
- la fecha y hora en que se dio la orden; y
- notificarle a el/la agresor/a que violentar la orden puede resultar en una pena de cárcel, multa o ambas.2
1 8 L.P.R.A. § 1761
2 8 L.P.R.A. § 1762