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Información Legal: California
Leyes actualizadas al 1 de abril de 2025 Si el otro padre y yo llegamos a un acuerdo sobre la custodia o la custodia temporal de nuestros hijos, ¿aceptará el juez nuestro acuerdo?
Si usted y el/la otro/a padre/madre llegan a un acuerdo, éste será adjuntado y presentado con la petición oficial de custodia. Después de presentar la petición, el/la juez/a generalmente dará una orden en la que otorgue las condiciones que ambos padres hayan acordado.1
1 Cal. Fam. Code § 3061
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