Si el agresor ha sido declarado culpable de un delito, ¿puede tener o comprar un arma?
Según la ley estatal de Luisiana, es ilegal que cualquier persona que haya sido declarada culpable de cualquiera de los siguientes crímenes posea un arma de fuego o porte un arma oculta siempre y cuando la persona haya sido representada por un/a abogado/a defensor/a criminal durante el caso criminal o haya renunciado a su derecho a tener un/a abogado/a:
- agresión física de maltrato doméstico;
- agresión física de un/a novio/a, cuando la ofensa involucra estrangulación;
- agresión física de un/a novio/a, cuando la ofensa involucra quemar; o
- una segunda, tercera, cuarta, etc. ofensa de agresión física de un/a novio/a.1
Además, cualquier persona que haya sido declarada culpable o “no culpable por razón de demencia” de cualquiera de los siguientes crímenes no puede poseer un arma de fuego o portar un arma oculta por un periodo de diez años desde la fecha en que completó la sentencia, probatoria, libertad condicional, suspensión de sentencia o de ser dada de alta de una institución mental por una corte:
- un “crimen de violencia” que sea un delito grave;
- varios crímenes de robo – para una lista completa, vaya a nuestra página Estatutos seleccionados de Luisiana;
- fabricar o poseer una bomba u otro artefacto incendiario;
- poseer un arma de fuego mientras tenga o venda una sustancia controlada peligrosa;
- un delito grave de uso ilegal de armas;
- cualquier violación a la Ley Uniforme de Sustancias Controladas Peligrosas, que sea un delito grave;
- cualquier crimen que se defina como una ofensa sexual; o
- intentar cometer cualquiera de las ofensas antes mencionadas.2
Si la persona agresora tenía 15 o 16 años cuando fue “declarada delincuente” por cometer cualquiera de los ocho crímenes mencionados arriba, es posible que esté violando esta ley. Sin embargo, hay algunas excepciones. Lea la sección 95.1(A)(2) de la ley para conocer más.3
Por último, hay más razones criminales por las que una persona no calificaría para una licencia para portar un arma oculta. Según la ley de Luisiana, para calificar para una licencia para portar una pistola oculta, la persona no puede:
- haber sido declarada culpable de, o haber hecho una declaración de culpabilidad o “nolo contedere” por, un delito menor de drogas dentro de los pasados cinco años antes de la fecha en que se presentó la solicitud;
- estar acusada actualmente bajo un interdicto o un acta de información por un delito menor de drogas;
- haber sido declarada culpable de, o haber hecho una declaración de culpabilidad o “nolo contedere” por, un delito menor de un “crimen de violencia”, a menos que hayan pasado cinco años desde que se haya cumplido la sentencia u otras condiciones establecidas por la corte;
- haber sido declarada culpable, o haber hecho una declaración de culpabilidad o “nolo contedere”, o no estar bajo un interdicto actual o un acta de información por un “crimen de violencia” o cualquier delito grave;
- ser fugitiva de la justicia;
- tener un historial de comportamiento violento; Nota: Si dentro de los diez años inmediatamente después de la fecha de la solicitud, hay evidencia de que cualquiera de las siguientes es cierta, se asumirá que la persona tiene un “historial de comportamiento violento”:
- la persona solicitante fue arrestada o acusada en tres o más ocasiones de cualquier “crimen de violencia”; o
- la persona solicitante fue arrestada o acusada en dos o más ocasiones de cualquier “crimen de violencia” que pueda ser castigado con la muerte; y
- ser elegible para poseer o recibir un arma de fuego según la ley federal.4
1 LA R.S. 14:95.10(A), (C)
2 LA R.S. 14:95.1(A), (C)
3 LA R.S. 14:95.1(A)(2)
4 LA R.S. 40:1379.3(C)
¿Cómo puedo averiguar si el agresor ha sido declarado culpable por un delito?
Los antecedentes penales graves están disponibles al público, pero no siempre es fácil accederlos. Si conoce la corte exacta donde la persona agresora pudo haber sido condenado/a, puede dirigirse a la corte y solicitarle acceso a los expedientes a el/la secretario/a del tribunal.
Los antecedentes de delitos menores o graves de violencia doméstica también permanecen en el Sistema Nacional de Chequeo Instantáneo de Antecedentes Penales (“National Instant Criminal Background Check System,” o “NICS” por sus siglas en inglés). Sin embargo, solo los/as oficiales de policía y los/as vendedores/as de armas de fuego con licencia pueden buscar en el NICS. El departamento de policía local puede estar dispuesto a buscar en el NICS por usted si lo solicita, pero no está obligado a hacerlo.
Para leer más sobre el NICS, consulte ¿Qué pasará si el agresor intenta comprar un arma?