¿Puedo hacer que mi orden de protección personal de Míchigan se haga cumplir en otro estado?
Si usted tiene una orden de protección personal válida en Míchigan que cumple con los estándares federales, ésta puede hacerse cumplir en otro estado. La Ley de Violencia contra la Mujer, que es una ley federal, establece que toda orden de protección emitida en los Estados Unidos recibe “total fé y crédito” en todos los estados y cortes federales, incluyendo territorios estadounidenses. Vea la pregunta ¿Cómo sé si mi orden de protección personal califica bajo la ley federal? para ver si su orden califica.
Cada estado tiene que hacer cumplir las órdenes de protección de otros estados de la misma manera que haría cumplir sus propias órdenes. Esto quiere decir que si el/la agresor/a viola la orden de protección, él/ella será castigado/a de acuerdo a las leyes del estado en donde se encuentra a la hora de violar la orden. A esto se refiere “total fe y crédito”. Para hacer esto todavía más claro, las órdenes de protección personal de Míchigan dicen que la orden se puede hacer cumplir en cualquier estado siempre y cuando el/la agresor/a haya sido notificado/a de la orden.1
1 MCL § 600.2950(11)(b)
¿Cómo sé si mi orden de protección personal califica bajo la ley federal?
Una orden de prevención personal de maltrato es buena en cualquier parte de los Estados Unidos siempre y cuando:
- Haya sido otorgada con el propósito de prevenir el comportamiento violento, amenazador, o acosador, violencia sexual, o si fue otorgada con el propósito de prohibir que otra persona la contacte o se acerque a usted.1
- La corte que otorgó la orden tenía jurisdicción sobre las personas y el caso. (En otras palabras, la corte tenía la autoridad de escuchar el caso.)
- El/la agresor/a fue notificado/a de la orden y tuvo la oportunidad de presentarse en la corte y contar su versión de la historia. No importa si el/la agresor/a se presentó en la corte; solamente que tuvo la oportunidad presentarse.
- En el caso de ordenes ex parte (solo cuando una de las partes está presente) y órdenes de emergencia, el/la agresor/a debe recibir notificación y tener la oportunidad de presentarse en la corte para contar su versión de la historia durante la audiencia, la cual deberá ser programada dentro de un “tiempo razonable” después de que la orden ex parte es otorgada.2
Nota: Para información sobre hacer cumplir una orden de protección militar (MPO por sus siglas en inglés) fuera de la base militar, o hacer cumplir una orden de protección civil (CPO por sus siglas en inglés) en una base militar, por favor visite nuestra página Órdenes de Protección Militar.
1 18 USC § 2266(5)(A)
2 18 USC § 2265(a),(b)
Tengo una orden de protección temporal (ex parte). ¿La puedo hacer cumplir en otro estado?
Una orden temporal ex parte puede hacerse cumplir en otro estado de la misma manera que las órdenes de protección regulares, siempre y cuando cumpla con los requisitos en ¿Cómo sé que mi orden de prevención del maltrato califica bajo la ley federal?1
Nota: Generalmente, el estado a donde se dirige no puede extender su orden temporal ni otorgarle una orden permanente al vencerse su orden temporal. Si necesita extender su orden temporal, tendrá que contactar al estado que le otorgó la orden y estar presente en la audiencia ya sea en persona o por teléfono o medios electrónicos si es que el tribunal ofrece esa opción. Sin embargo, puede que pueda solicitar una nueva orden de protección en el estado a donde se muda si usted cumple con los requisitos para conseguir una orden de protección en aquel estado – tenga en cuenta que si solicita una orden de protección en un nuevo estado, el/la agresor/a sabría en cuál estado está viviendo, lo que puede ponerle en peligro.
1 18 U.S.C. § 2265(b)(2)