Además de hablar conmigo y con el otro padre, ¿con quién más hablará la persona mediadora?
Usualmente, la persona mediadora tiene el poder de decidir con quién más hablará, además de con usted y de el/la otro/a padre/madre. En muchos condados, si usted tiene un/a abogado/a, éste tiene el derecho de hablar con la persona mediadora antes de la mediación. Aun así, la persona mediadora tiene la opción de quitar (excluir) a el/la abogado/a de la mediación si cree que es apropiado o necesario.1 En otros condados, la mediación se puede hacer con o sin que los/as abogados/as estén presentes, pero cualquier acuerdo al que lleguen usted y la otra parte no se puede llevar ante el/la juez/a hasta que su abogado/a lo haya aprobado.2
Es posible que la persona mediadora también tenga el derecho de entrevistar a el/la menor si entiende que es apropiado.3
En la mayoría de los condados, la persona mediadora debe mantener confidencial lo que se dijo durante la mediación, excepto si tiene que reportar acusaciones de maltrato de menores. Sin embargo, si usted no se presenta, la persona mediadora se lo dirá a el/la juez/a, lo cual podría afectar su caso y podría ser castigado/a por el/la juez/a.4 Por lo tanto, es importante que se presente a la mediación tal y como lo haría para una cita en la corte.
1 FJDCR 7.6(j); WDCR 53(7)(b)
2 4JDCR 4; 7(4)(a)(1), (3)
3 WDCR 53(7)(c)
4 FJDCR 7.6(g), (k); WDCR 53(9), (10); EDCR 5.306(b)(5)




