¿Cómo se establece la paternidad?
Generalmente, la relación entre un/a padre/madre y su hijo/a tiene que ser probada antes de que la corte pueda darle custodia o visitación. Esto puede llamarse “paternidad” para un padre o “parentesco” más generalmente para cualquiera de los padres.
Una madre puede establecer su relación con el/la menor demostrando que dio a luz a el/la menor. Para un/a padre/madre que no dio a luz a el/la menor, la relación con el/la menor se puede demostrar mediante:
- una prueba de ADN que establezca al menos un 98% de probabilidad de parentesco;
- un reconocimiento de parentesco firmado por ambos padres;
- papeles de adopción;
- evidencia de que los padres vivieron y tuvieron relaciones sexuales en el momento probable de la concepción de el/la menor;
- pruebas de que el/la padre/madre aceptó o reconoció que el/la menor llevara su apellido, ya sea por palabras o comportamiento; o
- el/la padre/madre que reclama a el/la menor en una declaración de impuestos, estado de cuenta u otro documento presentado ante un gobierno o agencia local, estatal o federal.2
1 Va. Code § 20-49.1(A)
2 Va. Code §§ 20-49.1(B), (C); 20-49.4




