¿Tengo que registrar mi orden de restricción en Maryland para que se pueda hacer cumplir?
De acuerdo a la ley federal,1 todos los estados, incluyendo Maryland, deben hacer cumplir una orden de protección de otro estado. Maryland da protección completa a una orden de otro estado siempre y cuando haya sido presentada en la corte local o siempre que pueda mostrarle a el/la oficial una copia de la orden que parezca válida.2 Maryland no tiene un proceso de registro, por lo que su orden no necesita estar en el registro estatal o federal para que se haga valer por un/a oficial de la policía de Maryland.3 Es importante saber, sin embargo, que las protecciones otorgadas en las leyes del estado de Maryland son las que se harán cumplir.4
Para más información puede que quiera buscar el consejo de un/a abogado/a familiarizado con órdenes de protección foráneas. Puede encontrar referidos de abogados/as en nuestra página MD Encontrando a un Abogado.
1 18 U.S.C. § 2265
2 MD Code, Family Law § 4-508.1(b), (c)
3 MD Code, Family Law § 4-508.1(c)
4 MD Code, Family Law § 4-508.1(b)