¿Puede mi empleador disciplinarme o despedirme por ausentarme de mi trabajo para solicitar una orden de protección?
Bajo la ley estatal de Minnesota, su empleador/a no puede despedirle, disciplinarle, amenazarle, penalizarle o de lo contrario, discriminar en su contra por usted haberse ausentado del trabajo durante un periodo de tiempo razonable para buscar una orden de protección contra el maltrato doméstico.1
Si usted necesita ausentarse del trabajo para protegerse a usted mismo/a o a sus hijos/as de maltrato doméstico, es su responsabilidad notificarle a su empleador/a con 48 horas de anticipación, a menos que usted o su hijo/a estén corriendo peligro inmediato o que notificar sea poco práctico. Su empleador/a puede pedirle evidencia de la razón de su ausencia, pero el/ella tiene que mantener toda la información confidencial.1
Si su empleador/a viola esta ley, puede ser culpable de un crimen. Usted también tiene la opción de presentar una demanda civil contra su empleador/a.2
1 Minn. Stat. § 518B.01(23)(a)
2 Minn. Stat. § 518B.01(23)(b), (23)(c)