¿Qué delitos pueden calificar para una orden civil de no contacto 50D?
La mayoría de los delitos que requieren inscripción en el registro son delitos sexuales violentos, incluyendo la violación por la fuerza de un/a adulto/a o niño/a, la violación estatutaria, la agresión sexual y la explotación sexual de un/a menor. Otros delitos son de naturaleza sexual pero no son necesariamente violentos, como el voyerismo como delito grave. Ciertos crímenes no sexuales en contra de un/a menor también requieren inscripción en el registro, incluyendo el secuestro, la detención física como delito grave y secuestrar a un/a niño/a por alguien que no es padre/madre de el/la menor.1 Puede leer más sobre qué delitos requieren inscripción en el registro al leer el lenguaje de la ley NCGS § 14-208.6 en nuestra página de Estatutos Seleccionados: Carolina del Norte (en inglés) o al ver la tabla creada por la Facultad de Gobierno de la Universidad de la Carolina del Norte.
Nota: También es posible que pueda ser elegible para una orden 50D si el/la agresor/a fue declarado/a culpable en otro estado o en un tribunal federal de un delito que es significativamente similar a los delitos que requieren inscripción en Carolina del Norte o si el delito requiere inscripción en el estado donde el/la agresor/a fue declarado/a culpable.2
1 NCGS § 14-208.6(4)(a), (5)
2 NCGS § 14-208.6(4)(b), (4)(c)