¿Cómo me protege esta ley?
Si usted califica para ser protegido/a bajo esta ley, su empleador/a debe darle tiempo para tomar una licencia del trabajo de hasta 160 horas en un periodo de 12 meses.1 Siempre que esté relacionado a un acto de violencia doméstica o agresión sexual cometido en su contra o en contra de un familiar o miembro de su hogar, usted puede tomar este tiempo libre del trabajo para hacer cualquiera de las siguientes:
- conseguir un diagnóstico, cuidado o tratamiento para una condición de salud;
- conseguir consejería u otro tipo se apoyo;
- participar en procedimientos de la corte; o
- crear un plan de seguridad, incluyendo cualquier acción para aumentar su seguridad o la seguridad de un familiar o miembro de su hogar de un acto futuro de violencia doméstica o agresión sexual.2
1 N.R.S. § 608.0198(1)
2 N.R.S. § 608.0198(2)(a)
¿Qué empleados están protegidos bajo esta ley?
Bajo la ley estatal de Nevada, usted puede estar protegido/a si ha sido empleado/a por al menos 90 días y:
- es víctima de un acto que es considerado violencia doméstica o agresión sexual; o
- tiene un “familiar o miembro del hogar” que es víctima de violencia doméstica o agresión sexual - sin embargo, usted no puede ser quien maltrató a su familiar o miembro de su hogar.1
1 N.R.S. § 608.0198(1)
¿Quién es considerado familiar o miembro del hogar?
Un familiar o miembro del hogar es:
- su esposo/a;
- una pareja con quien convive;
- su hijo/a menor de 18 años;
- su padre/madre;
- un familiar de primer grado - por ejemplo, un/a primo/a hermano/a; o
- un/a adulto/a que estaba viviendo con usted en el momento que ocurrió el incidente de violencia doméstica o agresión sexual.1
1 N.R.S. § 608.0198(8)(b)