¿Cómo hago para que mi orden de protección se pueda hacer cumplir en otro estado?
La ley federal no requiere que usted haga algo específico para hacer cumplir su orden de protección en otro estado.
Muchos estados tienen leyes y regulaciones para registrar o presentar órdenes de otros estados, lo cual puede hacer que su cumplimiento sea más fácil, pero una orden de protección válida se puede hacer cumplir sin importar que haya sido registrada o presentada en el nuevo estado.1 Las reglas varían para cada estado, así que averiguar cuáles son las reglas en su nuevo estado puede servirle de ayuda. Puede contactar una organización local de violencia doméstica para más información visitando nuestra página de Intercesoras y Albergues y entrando a su nuevo estado en el menú desplegable.
1 18 U.S.C. § 2265(d)(2)
¿Necesito una copia especial para que mi orden de protección se pueda hacer cumplir en otro estado?
En algunos estados necesitará una copia certificada de su orden de protección. Una copia certificada demuestra que es una copia “cierta y correcta”. La misma está firmada e iniciada por el/la secretario/a de la corte que le dio la orden, y usualmente tiene algún tipo de sello de la corte. Para obtener una copia certificada de su orden de protección, debe acudir a la corte que emitió su orden y solicitar una copia certificada.
Nota: Es buena idea mantener una copia de la orden con usted en todo momento. También, es posible que quiera llevarse varias copias de la orden cuando se mude. Deje copias de la orden en su trabajo, su casa, en la escuela o cuido de los/as niños/as, su carro, con un/a vecino/a de confianza, etc. Entréguele una copia a el/la guardia de seguridad o a la persona de la recepción del lugar donde usted vive y/o trabaja. Entréguele una copia de la orden a cualquier persona mencionada en y protegida por la orden.
¿Puedo conseguir ayuda de alguien? ¿Necesito un abogado?
No necesita un/a abogado/a para hacer cumplir su orden en otro estado.
Sin embargo, es posible que quiera buscar ayuda de un/a intercesor/a o abogado/a local de violencia doméstica en el estado al cual se mude. Un/a intercesor/a de violencia doméstica puede decirle cuales son las ventajas y desventajas de registrar su orden de restricción, y ayudarle con el proceso si decide hacerlo.
Para encontrar un/a intercesor/a o abogado/a de violencia doméstica en el estado al cual se está mudando, escoja su estado del menú desplegable en la página de Lugares que Ayudan.