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Información Legal: Washington

Leyes de Vivienda

Leyes actualizadas al 1 de agosto de 2024

¿Qué pasa si la persona que me victimizó es el arrendador? ¿Le aplican las mismas reglas?

Si la persona que cometió la agresión sexual, acecho o acoso ilegal contra usted o un miembro de su hogar es su persona arrendadora, o su representante, empleado/a, gerente de la propiedad o gerente residencial, usted puede terminar el contrato de arrendamiento e irse de inmediato. Puede hacer esto aún antes de entregarle la orden de protección o informe de una tercera parte calificada requerido a la persona arrendadora. Luego, deberá entregarle los documentos a la persona arrendadora dentro de siete días de haberse ido de la propiedad. Puede enviar los documentos por correo, fax o a través de otra persona que los entregue personalmente.2

En cuanto a la renta que debe, solo tiene que pagarla durante cualquiera de los siguientes dos eventos, el que ocurra más tarde:

  • el día que usted se vaya de (desaloje) la vivienda; o
  • la fecha en la que usted le entregue los documentos requeridos a la persona arrendadora, incluyendo una notificación escrita informando que ha desalojado la vivienda, a través del correo, fax o entrega personal por una tercera parte.3

Si ya usted pagó la renta del mes completo, pero cualquiera de estos eventos ocurre antes de que termine el mes, usted tiene derecho a un reembolso parcial (pro rata) de la renta por los días restantes que usted haya pagado.3

Otra opción que tiene cuando la persona arrendadora o su representante, empleado/a o gerente le haya victimizado es cambiar o añadirle cerraduras a su vivienda por su cuenta. Entonces, dentro de siete días, usted debe entregarle las siguientes dos cosas a la persona arrendadora a través del correo, fax o entrega personal por una tercera parte:

Si usted cambia o añade cerraduras, su contrato de arrendamiento terminará automáticamente en el día 90 después de haber entregado la notificación escrita y los documentos requeridos, a menos que dentro de 60 días usted tome alguna de las siguientes medidas:

  • Notificarle a la persona arrendadora por escrito que usted no quiere terminar su contrato de arrendamiento. En este caso, usted deberá darle a la persona arrendadora una copia de las llaves nuevas solo si:
    • si la persona que le victimizó ya no trabaja para la persona arrendadora;
    • la orden de protección contra la persona arrendadora o su empleado/a expira.
  • Entregar la notificación y seguir los pasos apropiados para informarle a la persona arrendadora que usted quiere terminar el contrato de arrendamiento en una fecha antes del día 90.5

1 R.C.W. §§ 59.18.575(3)(a); 59.18.570(4); 59.18.030(16)
2 R.C.W. § 59.18.575(3)(a)
3 R.C.W. § 59.18.575(3)(b)
4 R.C.W. § 59.18.575(4)(a)
5 R.C.W. § 59.18.575(4)(b)