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: Hawái

Leyes de vivienda

Leyes actualizadas al 15 de noviembre de 2024

¿Puedo pedirle a mi arrendador que cambie las cerraduras?

Si usted o algún miembro de su familia inmediata ha sido víctima de violencia doméstica y no quiere romper su contrato de arrendamiento, puede pedirle a su arrendador/a que cambie las cerraduras. Sin embargo, si la persona agresora está en el contrato de arrendamiento, no se pueden cambiar las cerraduras a menos que exista una orden judicial que le obligue a mudarse. En esta situación, debe entregarle una copia de la orden judicial a el/la arrendador/a antes de que se puedan cambiar las cerraduras.

Si usted es la única persona en el contrato de arrendamiento y pide que le cambien las cerraduras, el/la arrendador/a tendrá tres días para hacerlo. Sin embargo, su arrendador/a no está obligado/a a pagar las cerraduras nuevas; esa sería su responsabilidad.

Si no le cambian las cerraduras en el plazo de tres días, usted puede cambiarlas por su cuenta. Luego, deberá entregarle una llave a el/la arrendador/a. 1

1 Haw. Rev. Stat. § 521-81(a), (b), (c)

¿Puede mi arrendador decirles a otras personas que soy víctima de violencia doméstica?

Cualquier información que usted le dé a su arrendador/a para apoyar la terminación de su contrato de arrendamiento es confidencial, a menos que:

  • usted firme una declaración autorizando que se comparta la información; o
  • el/la arrendador/a está obligado/a a compartirla por ley o durante un proceso judicial.1

1 Haw. Rev. Stat. § 521-80(d)(3)

Soy arrendador, y uno de mis inquilinos ha cometido violencia doméstica contra otro inquilino en la vivienda. ¿Cuáles son mis opciones?

Si tanto la víctima como la persona agresora son inquilinos/as de la misma vivienda de alquiler, y la víctima termina su contrato de arrendamiento antes de tiempo, usted, como arrendador/a, tiene dos opciones:

  1. permitir que la persona agresora mantenga posesión de la vivienda y hacerla responsable de todos los futuros pagos de alquiler adeudados bajo el contrato de arrendamiento vigente; o
  2. Terminar el contrato de arrendamiento de la persona agresora notificándole la terminación, por escrito, al menos cinco días antes de la fecha de terminación. Si la persona agresora no se ha mudado para esa fecha, usted puede desalojarla de la vivienda.1

Además, si las acciones de la persona agresora provocaron que la víctima rompiera su contrato de arrendamiento y eso le costó dinero, puede demandar a la persona agresora por el dinero que haya perdido.1 Esto es cierto incluso si la persona agresora nunca fue su inquilino/a. Si usted está cumpliendo la ley de buena fe, la persona agresora no puede demandarle por daños ni por ningún otro remedio.2

1 Haw. Rev. Stat. § 521-80(e)
2 Haw. Rev. Stat. § 521-80(g)