Si el juez me otorga la visitación de abuelos, ¿puede el padre o tutor de los menores detener o cambiar mis visitas?
Si el/la juez/a le da derechos de visitación de abuelos, el/la padre/madre, tutor/a o la persona con la custodia legal de los/as menores puede presentar una petición en la corte para pedir que detengan (terminen) o cambien (modifiquen) sus visitas. Sin embargo, el/la juez/a terminará o cambiará las visitas solo si:
- ha habido un cambio material en las circunstancias desde que le dieron la orden de visitación de abuelos; y
- el/la juez/a entiende que detener o cambiar las visitas es en el mejor interés de los/as menores.1
1 Alabama Code § 30-3-4.2(g)(1)-(2)




