¿Qué sucede después de que el FAP recibe una denuncia de maltrato?
Si usted, la víctima, denuncia maltrato al Programa de Defensa Familiar (FAP) y elige que la denuncia sea restringida, el FAP no notificará a la policía ni a el/la oficial al mando y, por lo general, no habrá una investigación oficial de la denuncia. Sin embargo, existen excepciones en casos de riesgo grave de daño inmediato a usted o a otra persona. Para ver qué servicios ofrecerá el FAP, vaya a Estoy sufriendo maltrato en mi relación. ¿Cómo consigo ayuda en el sistema militar?
Si alguien que no es la víctima, o su proveedor médico, denuncia el abuso al FAP, se considera una denuncia sin restricciones (no confidencial). En este caso, los/as proveedores/as clínicos del FAP hablarán con la víctima y el/la agresor/a por separado sobre el incidente para determinar el riesgo de maltrato adicional, desarrollar un plan de seguridad y recomendar terapia u opciones de tratamiento, si corresponde. Un/a consejero/a del FAP también comenzará a coordinar los próximos pasos con el/la oficial al mando de la víctima o de el/la agresor/a y la policía militar.
Luego, el FAP presentará la información sobre la denuncia a un Comité de Determinación de Incidentes (IDC, por sus siglas en inglés). El IDC está compuesto por:
- un comando superior a cargo de la instalación o guarnición;
- el/la oficial al mando de la víctima y de el/la agresor/a;
- representantes de la policía militar;
- representantes de el/la juez/a auditor/a y
- el FAP.
Después de que el FAP presente el/los incidente/s de maltrato doméstico, el IDC votará para determinar si el/los incidente/s cumple/n o no con los criterios para un acto de maltrato, de acuerdo con los estándares establecidos por la política del Departamento de Defensa. Un equipo de médicos del FAP hará recomendaciones para el tratamiento de el/la agresor/a, si corresponde, que podrían incluir programas de tratamiento para ofensores/as basados en evidencia, servicios psicológicos o ambos.
Nota: El IDC no es un procedimiento disciplinario o penal. Es un proceso clínico para determinar si un incidente de maltrato requiere tratamiento, intervención, apoyo, planificación de seguridad y protección de víctimas que sean más rigurosos.1 También puede llevarse a cabo un proceso separado pero paralelo que involucre a la policía militar y a el/la juez/a auditor/a para investigar y procesar casos de maltrato doméstico que involucren actos de violencia, una amenaza de violencia o la violación de una orden de protección.
1 Vea el Manual del Departamento de Defensa 6400.01, Volumen 3 (FAP: Comité de Reunión de Personal de Casos Clínicos y de Determinación de Incidentes), 11 de agosto, 2016.