¿Cómo será el proceso para obtener una MPO? ¿Tendré que estar en la misma sala que la persona agresora?
A diferencia del tribunal civil, no hay juicio ni audiencia cuando se obtiene una orden de protección militar (MPO). Por lo tanto, usted no tendrá que comparecer frente a un/a juez/a, testificar frente a el/la agresor/a, ni estar en la misma sala que él/ella.
El/la comandante es quien decide si dar una MPO o no. El/la comandante puede reunirse o no reunirse con usted antes de dar la MPO. Muchas veces, el/la intercesor/a de víctimas o el/la médico del Programa de Defensa Familiar (FAP) pueden llamar a el/la comandante en su nombre para solicitar la MPO. Si usted entiende que es importante hablar directamente con el/la comandante, usted puede comunicarse con su oficina para solicitar una cita. La cita puede llevarse a cabo en la oficina de el/la comandante, en la oficina del FAP o en otro lugar donde usted pueda sentirse seguro/a para hablar libremente con el/la comandante. Si el/la comandante cree razonablemente que una MPO es necesaria para su seguridad, dará una.