¿Puede un padre que cometió violencia familiar o maltrato doméstico obtener visitación en Luisiana?
Es posible que un/a padre/madre maltratante solo pueda tener visitas supervisadas. El/la juez/a puede ordenar visitación supervisada si entiende que el/la padre/madre maltratante:
- tiene un historial de violencia familiar contra cualquier miembro del hogar;
- ha sometido a cualquiera de sus hijos/as o hijastros/as a violencia familiar o maltrato doméstico; o
- tuvo la capacidad de impedir que otra persona cometiera violencia familiar o maltrato doméstico contra sus hijos/as o hijastros/as, pero voluntariamente permitió que pasara.1
Si el/la padre/madre maltratante quiere que las visitas no sean supervisadas, debe probar que:
- desde el incidente más reciente de maltrato doméstico o familiar, ha completado exitosamente un programa de intervención de maltrato doméstico supervisado por la corte;
- la visitación sería en el mejor interés de el/la menor; y
- la visitación no le causaría daño físico, emocional o psicológico a su hijo/a.1
El/la juez/a decidirá si permite o no las visitas en el futuro. Si se permiten las visitas, el/la juez/a también decidirá si se necesitan restricciones o medidas de seguridad para mantener a su hijo/a seguro/a. Esto podría significar que las visitas sigan siendo supervisadas. Para tomar esta decisión, el/la juez/a considerará:
- evidencia de la condición de salud mental actual de el/la padre/madre maltratante;
- la posibilidad de que el/la padre/madre abusivo maltrate a sus hijos/as, hijastros/as o a otro miembro del hogar en el futuro; y
- la posibilidad de que el/la padre/madre maltratante voluntariamente permita que otra persona maltrate a cualquiera de sus hijos/as o hijastros/as, incluso si pudiera impedirlo.1
1 La. Rev. Stat. § 9:341(A)




