¿Puede un padre que es sexualmente abusivo tener custodia en Luisiana?
El/la juez/a asumirá que un/a padre/madre no debe tener custodia exclusiva ni compartida si:
- abusó sexualmente de cualquiera de sus hijos/as, hijastros/as o de otro miembro del hogar; o
- pudo haber impedido que otra persona abusara sexualmente de sus hijos/as o hijastros/as, pero voluntariamente permitió que pasara.1
Sin embargo, es posible que el/la padre/madre sexualmente abusivo/a pueda convencer a el/la juez/a de que debe darle la custodia si puede probar todas las siguientes:
- después del último incidente de abuso, el/la padre/madre completó exitosamente un programa de tratamiento diseñado para personas agresoras sexuales;
- el/la padre/madre no está abusando del alcohol o las drogas; y
- que el/la padre/madre tenga un rol de custodia en la vida de el/la menor es en el mejor interés de el/la menor porque:
- el/la padre/madre no maltratante está:
- ausente;
- mentalmente enfermo/a;
- abusando de las drogas; o
- hay otras circunstancias que afectan a su hijo/a de forma negativa.2
- el/la padre/madre no maltratante está:
Si su hijo/a fue concebido/a como resultado de una violación, vea Si mi hijo fue concebido como resultado de un delito sexual, ¿tiene la persona ofensora algún derecho sobre mi hijo? para más información.
1 La. Rev. Stat. § 9:364(A)
2 La. Rev. Stat. § 9:364(B)




