¿Cómo tomará un juez una decisión sobre la custodia?
El/la juez/a otorgará la custodia basado en lo que entienda que está en los mejores intereses de su hijo/a.1 Para tomar esta decisión, el/la juez/a considerará todos los factores relevantes, incluyendo pero no limitándose a:
- el riesgo de que su hijo/a sufra maltrato, que es la consideración más importante para el/la juez/a;
- el amor, cariño y demás vínculos emocionales entre cada uno de los padres y su hijo/a;
- la habilidad de cada uno de los padres para suplir las necesidades emocionales, educativas y materiales de su hijo/a;
- la cantidad de tiempo que su hijo/a ha vivido en un ambiente estable y el deseo de quedarse en ese ambiente;
- la estabilidad de los hogares propuestos o existentes;
- la capacidad moral de cada uno de los padres y cómo afecta el bienestar de su hijo/a;
- cualquier historial de abuso de sustancias, violencia o actividad criminal de cualquiera de los padres;
- la salud mental y física de cada uno de los padres;
- el historial del hogar, escuela y comunidad de su hijo/a;
- la preferencia razonable de su hijo/a sobre dónde debería vivir, si el/la juez/a considera que tiene la edad suficiente;
- la distancia entre las casas de los padres;
- el rol y la responsabilidad que tenía anteriormente cada uno de los padres en cuanto al cuidado y la crianza de su hijo/a; y
- la disposición de cada uno de los padres para apoyar una relación fuerte y continua entre su hijo/a y el/la otro/a padre/madre, a menos que:
- haya evidencia sustancial de un comportamiento específico maltratante, imprudente o ilegal ; y
- dicho comportamiento le causa preocupaciones razonables sobre la seguridad o el bienestar de su hijo/a mientras está bajo el cuidado de el/la otro/a padre/madre.2
Si usted y el/la otro/a padre/madre están de acuerdo sobre quién debe tener la custodia, la corte honrará su acuerdo a menos que:
- usted o el/la otro/a padre/madre haya cometido violencia familiar o maltrato doméstico; o
- un acuerdo de custodia distinto está en el mejor interés de su hijo/a.3
Si usted y el/la otro/a padre/madre no están de acuerdo o si su acuerdo no es en el mejor interés de su hijo/a, la corte dará custodia compartida a menos que:
- usted o el/la otro/a padre/madre haya cometido violencia familiar o maltrato doméstico; o
- haya pruebas contundentes de que darle la custodia solo a uno de ustedes es mejor para su hijo/a.2
Nota: Si hay evidencia de que el/la otro/a padre/madre le ha maltratado, el hecho de que usted esté sufriendo por los efectos del maltrato no puede ser motivo para denegarle la custodia.4
1 La. Civ. Code Art. 131
2 La. Civ. Code Art. 134(A)
3 La. Civ. Code Art. 132
4 La. Civ. Code Art. 134(A)(9)




