¿Hay algo que pueda hacer para que sea más probable que le quiten el arma de fuego a la persona agresora cuando cuando me den una orden de protección?
Debe haber una frase en su orden de protección que indique que la parte demandada (persona contra quien se dio la orden) no puede poseer armas de fuego ni municiones mientras la orden este en vigente.1 Es posible que quiera asegurarse que esta información se incluya en su orden.
Sin embargo, también puede ser importante decirle a el/la juez/a si la persona agresora tiene armas de fuego, cuántas tiene y si le ha amenazado con un arma de fuego.
También puede ser útil si el/la juez/a le explica lo que sucederá con las armas de fuego de la persona agresora, quién se las llevará y donde se guardarán una vez que usted salga de la corte. Aunque el/la juez/a pueda denegar su petición, puede que quiera pedirle a el/la juez/a que:
- ordene que la persona agresora le entregue sus armas de a la policía o que la policía vaya a la casa de la persona agresora y las busque;
- que le aclare tanto a usted como a la persona agresora por cuánto tiempo le quitarán las armas de fuego; y
- ordene que la policía le notifique cuando le devuelvan las armas de fuego a la persona agresora.
1 Tex. Penal Code § 25.07(a)




