¿Cómo sería la orden de visitación cuando el tutor posesorio vive a 100 millas o menos de la residencia primaria del menor?
Según la ley, si el/la tutor/a posesorio/a vive a 100 millas o menos de la residencia primaria de el/la menor, usualmente tendrá el derecho de posesión de el/la menor en el siguiente horario, a menos que el/la juez/a entienda que no sería en el mejor bienestar de el/la menor:
- durante los fines de semana, los primeros, terceros y quintos viernes de cada mes comenzando a las 6:00 pm hasta las 6:00 pm del domingo próximo; y
- durante el semestre escolar, los jueves de cada semana de 6:00 - 8:00 pm.1
También hay una orden estándar de posesión para las vacaciones. Puede leer los detalles sobre el tiempo de vacaciones en nuestra página de Estatutos seleccionados de Texas.
1 Tex. Fam. Code § 153.312(a)