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Custodia

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Leyes actualizadas al 28 de julio de 2025

¿Puede un padre que ha cometido violencia o abandonado al menor tener custodia o visitación?

Custodia
Se supone que al momento de tomar una decisión de custodia el/la juez/a considere el historial de maltrato físico o emocional de un/a padre/madre hacia usted, el/la menor o cualquier otra persona incluyendo a los/as hermanos/as de el/la menor. Sin embargo, se considerarán otros factores y el mejor interés de el/la menor por lo que es posible que el/la padre/madre maltratante pudiera recibir derechos de custodia.1 

Si un padre/madre ha sido declarado/a culpable de cometer cualquier ofensa criminal sexual de las mencionadas aquí, contra un/a menor, el/la juez/a asumirá que ese/a padre/madre no debería tener la custodia.2 Además, si un/a padre/madre ha sido acusado/a por maltrato de menores agravadoabuso sexual de menores, o abuso sexual de menores severo, él/ella no puede tener ningún tipo de custodia mientras el caso criminal esté pendiente a menos que pueda probarle a el/la juez/a que no presenta un riesgo sustancial de daño para el/la menor.3

Visitación
Se le puede dar visitación a un/a padre/madre que haya cometido violencia a menos que, después de una audiencia, el/la juez/a determine que la visitación posiblemente ponga en peligro la salud física o emocional de el/la menor. Si el/la juez/a determina que el/la padre/madre no custodio/a ha maltratado a el/la menor física o emocionalmente, entonces el/la juez/a puede requerir que las visitas sean supervisadas o que no se permita la visitación hasta que el maltrato haya parado o hasta que no haya posibilidad razonable de que tal maltrato vuelva a ocurrir.4 El/la juez/a solo puede dar visitación bajo circunstancias que garanticen la seguridad de el/la menor. Por ejemplo, el/la juez/a puede ordenar:

  • que todas las visitas sean supervisadas por una persona adulta responsable o una agencia;
  • que el/la padre/madre agresor/a vaya a consejería;
  • que no hayan visitas de pasar la noche;
  • que la dirección de el/la menor se mantenga confidencial; y
  • cualquier otra cosa para mantener a el/la menor seguro/a.5

Si un/a padre/madre ha sido declarado/a culpable de cualquier delito sexual criminal mencionado aquí contra un/a menor, el/la padre/madre solo podrá tener visitas supervisadas, si es que le dan visitación.6

Si un/a padre/madre ha abandonado voluntariamente a un/a menor durante 18 meses o más, el tiempo residencial de ese padre/madre será limitado y posiblemente solo le den visitación limitada con el/la menor. El término “abandono voluntario” incluye una situación en la que el/la padre/madre se niegue sustancialmente a cumplir con las responsabilidades parentales.7

Nota: Si a un/a padre/madre le dan visitación supervisada por cualquiera de las siguientes razones, existe lo que se conoce como una “presunción controvertible” de que este/a padre/madre será responsable de pagar todos los costos de la visitación supervisada:

  1. El/la padre/madre abandonó voluntariamente a el/la menor por un periodo extendido de tiempo, o se negó sustancialmente a cumplir con las responsabilidades parentales, incluyendo no pagar la manutención de menores ordenada por la corte;
  2. El/la padre/madre o alguien que vive con el/la padre/madre le maltrató física o emocionalmente o abusó sexualmente de usted, el/la menor u otra persona que vive con el/la menor;
  3. El/la padre/madre o alguien que vive con el/la padre/madre ha sido declarado/a culpable de:
    1. incesto;
    2. explotación sexual, explotación sexual agravada o explotación sexual especialmente agravada de un/a menor;
    3. violación o violación agravada;
    4. agresión sexual o agresión sexual agravada;
    5. violación estatutaria, violación estatutaria mitigada o violación estatutaria agravada;
    6. contacto sexual con un/a menor por una figura de autoridad; o
    7. exposiciones deshonestas;
  4. El/la padre/madre o alguien que vive con el/la padre/madre ha sido declarado/a ofensor/a sexual;
  5. La capacidad de el/la padre/madre para cumplir con las responsabilidades parentales se ha reducido a causa de:
    1. una discapacidad emocional;
    2. una discapacidad física; o
    3. abuso de drogas, alcohol u otras sustancias;
  6. El/la padre/madre y el/la menor no tienen vínculos emocionales, o esos vínculos emocionales se han dañado considerablemente (deteriorado sustancialmente);
  7. El desarrollo psicológico de el/la menor está en peligro de sufrir daños a causa del maltrato emocional de el/la padre/madre (uso abusivo de conflictos);
  8. El/la padre/madre no le ha permitido ver a el/la menor durante mucho tiempo sin una razón válida;
  9.  El/la padre/madre tiene sentencias criminales asociadas a su capacidad para criar o al bienestar de el/la menor; o
  10. Hay cualquier otro factor o conducta que el/la juez/a entiende que afectará el mejor interés de el/la menor.8 

1 Tenn. Code § 36-6-106(a)(11)
2 Tenn. Code § 36-6-101(a)(2)(A)(ii)
3 Tenn. Code §§ 36-6-101(a)(2)(A)(v); 36-6-112(c)(2)
4 Tenn. Code § 36-6-301
5 Tenn. Code § 36-6-107(b)
6 Tenn. Code § 36-6-101(a)(2)(A)(ii), (a)(2)(A)(iii)
7 Tenn. Code §§ 36-6-406(a)(1); 36-6-101(a)(2)(A)(iv)
8 Tenn. Code § 36-6-406(h)